CAPiTULO XVIII
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hension dellos,
y
él la confessó, estando siempre negativo
en lo demas: fué sentenciado a relajar a la justicia
y
brazo
seglar, por negativo,
y
aviéndosele notificado, estuvo al–
gunas horas terco
y
obstinado, pidió despues misericordia,
y confessó ser judío, observante de la ley de Moysen,
y
que a los do'ce años se la enseñaron,
y
que en su obser–
vancia rezasse los salmos sin gloria Patri,
y
el padre
nuestro sin amen, JESUS,
y
que guardasse el sábado, a lo
ménos con la intencion, y ayunasse el ayuno de la Reyna
Ester,
y
otros ayunos; que no confessasse con los sacer–
dotes, que bastaba hincarse de rodillas
y
pedir perdon a
Dios: dió muestras de arrepentinüento verdadero,
y
des–
pues las ha continuado; fué admitido a reconciliacion. Sa–
lió al auto con sambenito, vela verde en las manos, soga
a la garganta, abjuró .· en forma, fué condenado en destie–
rro para sien1pre de las Indias, en cárcel y hábito perpe–
tuo, en doscientos azotes
y
diez años de galeras en las de
España, al remo y sin sueldo, y que acabado el tiempo de
galeras, guarde carcelería en la cárcel perpetua de la In–
quisicion de Sevilla.
"44.
l\1anuel de Espinosa, natural de Almagro, en la
-Mancha, hcnnano de Antonio de Espinosa y de Jorge de
Espinosa, residente en esta ciudad, de treinta y dos años,
que hacia viajes a diferentes partes, soltero, fué preso con
secresto de bienes, por judío judayzante: en sus confessio–
nes prin1eras confessó ser judío
y
pidió misecordia,
y
dijo
contra muchas personas, levantando falsos testimonios;
despues revocó todo lo que avia confessado; de
ay
a poco
pidió misericordia, y declaró ser judío, observante de la
ley de Moysen y de sus ritos y ceremonias: fué admitido
a reconeiliacion. Salió al auto con sambenito, vela verde
en ]as manos, soga a la garganta, abjuró en forma, fué
condenado a hábito
y
cárcel perpetua,
y
por sus revoca–
ciones
y
testimonios que levantó, a quatrocientos azotes
y
a diez años de galeras en las de España, al remo
y
sin
sueldo,
y
en destierro perpetuo de las Indias, y despues
de enmplidas las galeras, guarde carcelería perpetua en la
cárcel de Sevilla.
TOMO II
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