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CAPITULO XXIV.:
Del Vi.fitador
,
y
de fu
Oficio~
L
OS
Monafl:erios de
dh
Religion fean vifita.d'os
a
lo menos una vez cada año
por
los Viíitad·ores1
los quales reciban para ello autoridadt y forma del Cal-..;.
denal ,
i
quien vueíl:ra Ord
en fuere cometid·a por
la Si..¡
lla
Apofiolica.
Cercad~
lo
qu.ales de
proveer conmu..;
ch'o cuidado , que
el
que
huviere
d·e fer
infiitui.doVifi..¡
tador General ,
o
algunás veces efpecial, en alg-un
Lu~
gar,
fea tal , que
de
fa religiofa vida, y coflumbres
fe
haya cierta, y entera fegu.ri.dad.
El
qual entrando en
algun Monafierio , en tal ma·nera fe
hlya,
y
fe mudlre
en
todo' que provoque ,
e
inflame
a
todas el amor
/
'divinal'
ea
tener caridad entre
si
f!1ifmas.
y
quando
entnire en
el
encerramiento
del
Mo ~1 a-flerio
a
vi
litar;
!leve configo dos Compañeros Religiofos,
e
idoneos,
los quales Compañeros efien fiempre juntos ;
y
mren~
tra~
eíluvieren dentro, nunca fe aparre el uno
del
otro.
El Vifttador , leida primero la Regla ,
y
declarada , re.J
ciba
el
fcllo de la Abadefa ,
el
qual
~lla
fe'a obligada de ·
dar,
y
demanda.r libremente fe r abfuelta
de
el
Oficio
de
Abadefa·, Jaqual, fino pudiere,
o
no quifiere llevar
la vida comun de las.otras , fea abfuelta,
y
quitada dé
el reoimiento , falvo
fi
fu tardanza en el Oficio ,
po
b
fi .
'
.fi
ll
fueiTe dañofa , mas nece aria , o rnant enamente pro..:
yechofa al
Monaficrio. Tambien fea quitada por
efie
3nifmo Vifitador, fino fuere idonea,
o
fuficiente
para
regir
el
Convento. Y efio fe
haga fegun la forma ,
y
manera que el dicho Vifitador rcdbie.re del Cardenal:
El qual Vifitador
haga
diligente inquiücion de la
ver~
dad fobre el ·efrado de la
A
badefa ,
y
de
las Herma.,
nas ,
y
de la guarda de fu Religion ,
y
efio general...!
mente
a
todas ,
~
panicularmente
a.
cada una.
y
dot.t..:
'de hallare alguna cofa digna de correccion ,
o
reforma,.¡
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