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~ ·virtud
evacuado .los informes respeélivos
'á
las
ex~stente~
en esta
··~ Corte ~
y la del Colegio de
..
Villagq.rcfa de Campos,
oido en el asun-
to
á
nuestro Fiscal Don
Ped.ro Rodríguez Campománes, hizo pre–
sente en Consulta .de seis de este mes , el nuestro Consejo su diéta–
men en esta razon , ·y conformándose con él N. R. Persona, há ve–
nido , por su Real Resolucion á ella , en conceder las dos Boticas
del Colegio
Imperial
,
y
Noviciado.
en .esta Corte á la Inclusa
y
Hos–
picio ·, con
la
fábrica material de las oficinas en que están construí- ·
das , separándose del resto de los edificios ,
ton pared divisoria ..
Que lo mismo se execute con la del Colegio de
Vil!agm·cfa de Cam–
pos
al Hospital R.eal de
Toro
,
trasladándose á él : ultimamente'que
por regla_general se .apliquen las demás Boticas
á
Hospitales , In–
clusas , Hospicios.,
é)
Casas de misericordia que estén haxo de la
jurisdiccion ;
y
protecdon lteal , graduando nuestro Consejo aque- -
llas , cuya necesidad sea mas urgente. Y publicada esta Real Deli–
beracion en
el
Consejo , en el Extraordinario , celebrado en trece
del
corriente , fue acordado su cumplimiento ,
y
que
á
este
fin
se
expidiese esta nuestra Carta para vos : Por la qual .os mandamos,
que con la mayor brevedad informeis., con separacion, de otro qual–
quier asunto por mano de nuestros Fiscales, los Hospicios , Inclu–
sas , Mospitales , y Casas de misericordia,
á
que res.peéHyamente se
pueden aplicar _las .Eoticas existentes
en~
los <:olegios ,
6
Casas , que
fueron de dichos, Regulares, en cuya ocupacion de Temporalidades.
estais entendiendo, con atencion
á
· la que tenga mas. urgente ne–
cesidad ,
y
concurran en ella
la
pública utilidad,
y
calidades expre–
sá.das
en clicha nuestra Real Resolucion ; y en caso que no
haya
necesidad de trasladarse
á
otro parage expongais con reconocimien–
to ., .
y
·declaracion de.Peritos , las Oficinas materiales en que se ha–
llan , su valor,
y
la cómoda
separacion.íj.ue podrá hacerse de lo
i't 5tante del edificio : todo con
la
mayor distincion
y
claridad, re–
mitiendo testimonio con insercicn del inventario ,
y
tasacion que
se
hubiese hecho , de los muebles
y
efeB:os de dichas Boticas,
á
fin
ile proceder. con conocimiento de todo ,
no
entrando en esta apliea–
eion las deudas de medicamen_tos , por ser caudal de la casa apli–
cable
á
sus.
TernporaHdades. ;
pe.rosí
to,dos los utensilios
y
drogas
Jllt:dicinales, como pane de la misma :Botica ; por ser así · nuestra
' voJunt~d,
y
que-al traslado impreso
de
esta nuestra Carta , firma–
do .de
Pon
JosefPayo Sanz., nuestro Escribano de Cámara honora–
ri~
del Consejo,. eon destino al citado Extraordinario , se
le
dé Ja
misma fe
y
crédito ,. que
á
su original. Dada en
Madrid
á
veinte
y
d~