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de
Aragon, de
fas
dos SiciliaiJ, de Jerusalén, de Navarra., de Gra–
nada, de Toldo, de Valen:::ia, de Galicia, de Mallorca, de Se–
villa , dé Cerdeña, de Córdoba, de Córcega, de Murcia, de Jaén,.
Señor de Vizcaya , y de Molioa
~
&c. Por quanto habiéndose de–
nunciado al nuestro Consejo la Obra., que Fr. Luis Viceme
~as
de Casavalls , del Orden de Predicadores , Catedrático de Prima
de Santo Tomás en la Universidad de Valencia, imprimió en aque–
lla Ciudad, con las licencias necesarias , intitulada
Incomrnoda pro–
babilisrni,
impugnando entre otras la Doéhina del
Regicidio
y
Ti–
ranicidio
,
se dió providencia para recoger el original,
y
un exem–
~ar
impreso de él,
á
efeéto de reconocerle,
y
vér si era conducen–
te su curso
y
venta. : Y erecutado así, se examinó ,
co.n
el cuida–
do que pedi::t su importante asunto; y se recorwció hallarse impre–
sa con las licencias
~
y
solemnidades , prevenidas por las Leyes ,
y '
Autos acordados ,
y
que en descubrir el Autor este error, declara–
do por tal en la Sesion quince del Concilio general de Constanda, ·
celebrado en el año de mil quatrocientos
y
quince, se ha magi...
festado digno -hijo de la esclarecida Orden de Predicadores; en cuya.
inteligencia, teniendo presente lo expuesto en el asunto por los nues..
tros
Fiscales ;por Auto proveído en once de este mes; por los del ·
nuestro Consejo , deseando extirpar de raíz la perniciosa semilla de
la referida Dothina del
Regicidío
y
Tiranicidio,
que se halla estarti...
pada ,
y
se Jee en tantos Autores , por ser destrutl:iva del Estado,
y
de la pública tranquilidad,
fuimos servido mandar : 1 Que cor–
riese la venta,
y
despacho de dicha obra. II Que los graduados C.a·
thedráticos,
y
Maestros de las Universidades,
y
Estudios de estos
Reynos , hagan juramento al ingreso en sus Oficios,
y
Grados, de
hacer observar ,
y
enseñar
la
Do8rina contenida en la referida Se–
sion quince del Concil io de Constancia : III Y que en su conse–
.cuencia no irán, ni enseñarán , .ni aun con título. de probabilidad,
la del
Regicidio
,
y
T iranicidio
contra )as legítimas potestades. Est:t
resolucion se comunicó
á
las Universidades del Reyno ,
y
habien–
do pedido los nuestros Fiscales se executase lo mismo con los Pre–
lados Eclesiásticos , por lo tocante
á
les Seminarios, con los Supe..
riores de las Ordenes , por sus Estudios interiores ,
y
con las Jus–
ticias , por los Estudios de su provision , respeéto de militar igual
razon ; para que tan saludable providencia tenga general
ob~ervan
cia , lo hemos tenido por bien ,
y
se acordó por Decreto de veinte
y
dos de este ·mes , expedir la presente : Por la qual encarga(l)os
á
los M. RR. f\rzobispos , Reverendos Obispos, Priores de las Or-
~
de-