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sujetas al Comisario General de aquellos
parages ,
y
se denomine allí Cotnisario
de 1\1isiones ;
y
podrás nornbrar otro
de
los existentes en · Ias Provincias de
la N ueva España ,
y
de Filipinas para
el mismo efecto ,
y
con el misn1o
tí–
tulo
para aquellos parages , quando
no ,
fueres á ellos ;
y
si fuese necesario
que
se destine otro distinto
á
las Provin–
cias de Filipinas, lo podrás destinar para
ellas.
19
Y
los enunciados Comisarios de
Facultades de
los dichos.
las Misiones, que fuesen elegidos por
tí,
podrán usar ,
y
gozar de la tnisma
au~
toridad ,
y
superioridad ,
y
de iguales
facultades , así
para
las erecciones , ·co-
tno para exercer las Misiones ,
y
buscar
Religiosos para ellas , de que
tti
por el
tenor de las presentes puedes usar ,
go~
zar,
y
aprovecharte, las quales te
ser~
virán tan1bien
á
tí
para los mismos .
pa~
rages ,
y
nun,ca se acabarán con:·:. ningun
pretexto , si _no se determinare otra cosa
por la
Se~e
Apostólica ;
y
por el tnismo
tiempo durarán las facultades concedi-
das al P. Francisco Sahneron , si ta:mpo·
-
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