P rivilegios, y
facultades de
los Mi sione–
ros.
D e los
Comi–
.rarios de M i..
siones
para
las partes de
Inditu.
(2o)
recomendando encarecidamente 'la solici–
tud
á
vosotros,
y
á
vuestros cornpañe–
ros ,
y
á
los demas Religiosos
de
probi–
dad , que con vuestro consentimiento tra...
bajaren en dichas erecciones.
17
Y
para que el sobredicho
P.
Sal–
me ron ,
y
sus ·compañeros ,
y
los demas
Religiosos , que lo quisieren seguir en
una obra tan sant a ., no carezcan de la
debida autoridad , facultades ,
y
superio–
ridad necesaria , queremos ,
y
declara–
mos , que puedan ,
y.
deban usar ,
y
go-·
zar respectivamente,
y
sin ninguna dis–
tincion de todas las gracias , facuJtades,
SLJ
perioridades ,
y.
privilegios concedidos.
por el tenor de
las
presentes respecti–
vamente
á
tí,
y
á
tus compañeros ,
y
á
todos los que determinen seguirte.
1
8
Y á
tí
corr1o experto en las cosas,
y
necesidades de
las
Indias Occidentales,
te
con~edemos
facult ad para que de los
Predicadores Misioneros existentes en las
Provincias, en nuestro nombre elijas
uno,
el
que te
pareciere mas idoneo , que cuí...
de con toda vigilancia de las sobredichas
erecciones en las enunciadas Provincias