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dichos por el mismo 'hecho, del mismo modo Nos que–
remos
y
declaramos que los mismos están sujetos á la
sujf
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~~s~~:1~ª!
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:~~rr~~i;:
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de
excomuníon, ya
de
sns-
¡:icnsion ó de entredicho, sancionadas por Nuestras
Constituciones ó las de N nestros Predecesores, ó por
los Sagrados Cánones, (f'nera de aquellas que hemos
mencionado,)
y
que hasta ahora han permanecido en
su vigor, esto es, las relativas
á
la eleccion del Roma-
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~~~~i!~g!r;~;J~~l~~~de~~~Y~~f~?~~~ir~
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y
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que sean, todas ellas queremos
y
declaramos que sean
y
~~1~~nd=:~ ~~:~~n::~~,~~
~r.siaconteciere que
la Sede Apostólica hiciere nuevas concesiones
y
pri–
vilegios cualasqniera, de ninguna manera
y
razon dc-
~D~ {~m!a~u~~~~n~~rs~b;~l:c~ud~~osc~:~~";~~~
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cualesquiera de las reservadas al Romano Pontifice,
sino fuere hechade ellas formal, explicita
é
individual
mencion: y por esto queremos que los privilegios
ó
fa–
cultades que hasta aquí fueron concedidos por cual–
quiera en algnn tiempo, sea por N nestros Predeceso–
res; sea tambien por Nos
á
alguna Comnni<lad, Orden,
Congregacion, Sociedad é Instituto, aun Regular de
~~!~f~:r; t:!fbi~:'~~:o ~~e ~º!~?~ ':e:~if~~ ~~~!~
ellos
y
todas ellas sean por esta
~
nestra Constitucion
revocadas, suprimidas y anuladas, como de hecho las
revocamos,suprimimos y anulamos, sin que obsten cua–
lesquiera privilegios, bien que especiales, ya se hallen,
ó
no, contenidos en el cuerpo del derecho,
yá
en las
Constituciones Apostólicas,
y
con cualquiera confirma–
cion
ó
firmeza robustecidas ann bajo cualesquiera for-
di:le!ºéf::bift:~~~~:~J~~'~e~~~:~o~~7a~ ~{á!:u'fa~
.
si es necesario intentamos derogar y las derogamos.
co~~~d~dab~~r
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'efucoe~íl~o'l'Trf~=~~:~·~~
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