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LIBRO PRIMERO. TIT. VII.
"3 . Ytem , que la Procuracion sea tan moder ada
en el comer , y beber , que no haya nota alguna,
que tizne el oficio, y escandalice la I g lesia nueva
de los Indios,
Maxime
quien come á costa de ellos.
" 4. Y tem , que haga la dicha Visitasin excepcion
de personas, con toda verdad , y fidelidad , sin frau–
de alguno
ni
colusion,
ni
cohecho, por si, ni por in–
terposita per sona, ni disimulando delito al g uno,
que hallare, sopena de excomurúon mayor
lpso
.facto incun·enda t1·i?ut Octnnonica monitione pnemissa.
la absolucion r eservada al P relado, que le embió,
y
de las demás penas en der echo establezidas (22) á el ,
y á sus oficiales, que tal hizier en, sino que por él,
y por sus oficiales se administre justicia
á
las par–
tes christianamente, lo qual jurarán antes que va–
yan
á
la Visita,
" 5. Ytem , que en ninguna manera r eciba su sa–
lario, y estipendio, eli penas de Camara, ni otras
condenaciones, que pueda el hacer ·par a g astos de
justicia, sino que el Obispo le señale el justo esti–
pendio de su trabajo, como manda este santo Con–
cill.o Provincial, y con ello sea contento, y con la
procuracion sobre dicha.
" 6. Ytem, Heve bien estudiado el Concilio
P~·o
vincial, y Synodal, porque por él,
y
conforme á el,
ha de examinar , corregir, y mandar en visita, lo
que conviniere de reformacion, y emmienda .
"7. Ytem , que lleg ando , si fuer e tiempo, publí–
que su comission con solemn idad de Campanas, y
otro dia demañana con mucha solemnidad comien –
ze la Visita, y lo primero digase la Missa con todo
el aparato, que la Iglesia pudier e, y assista todo el
Pueblo á ella, como en los otros días de fiesta, y a.l
tiempo del ofertorio,
<5
acabada la Missa, si le pa-
(22) Cap. inter cetora de Offi. onli nnu,
&
C. si Episcopus cod. titul. in c.