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-xx-

Hypochrita eijce primum trabem de ooulo tuo,

&

tune

yj–

debis eijccrefestucam ele oculo Fra.tris tui [46]. Y San Pa–

blo, Qui ergo alium doces te ipsum non doces? qui prredicas

non f11ra.ndt1m furaris,

&

qui dicis non mrechandum mre–

charis? [47] Los Sagrados Apostoles, con el cuydado de el

bien Vniversal de la I glesia, y de los Judios, y Gentiles,

convertidos á la Ley Evangelica, hizieron quatro Concilios

en Hierusalem. El vno de los quales, que fue Synodal, (co–

mo dizen algunos Doctores) cbngrcgó San Tiago el menor,

Obispo de aquella Ciudad, para apaciguar . y deslutzer la

fama, que se havia extendido contra. San Pablo, á quien

falsamente imputaban , que pTcdicava, no deverse ya vsar

la circun. icion, ni las dcma.s ceremonias ele la Ley de Moy–

sen,

y

que eran mortíferas, que causó gran escandalo entre

los J

udíos

nuevamente convertidos, no siendo esto lo que

precli

ca.va

., sino que l

as tale

s ceremonias no eran necessa–

rias,

ni ap

rovechava.n

pa.ra

la. justificacion despnes de la

Ley Evangelica ele G

racia.

Y se determinó en aquel Con–

cilio, 6 Synoclo, que fuesse licito circuncidar los hijos de

los Judíos convertidos, y hacer las ceremonias de la Ley,

y entrar en lo. Templos para ello¡ hasta qve llegase el

tiempo de sepultar

la · Synagoga con honra, y que estu–

viesse publicado

sufficientementc el Evangelio:

y

fué

vna permission no necessa.I:ia, ni de algun efecto, sino pa–

ra no desacreditar de el

todo la. Ley de Moysen, que

fue buena antes ele la Ley Evangelica ele Gracia, y

que se debia observar , y guardar de necessidad [48].

Los Santos P aclTes Pontinccs

á

imitacion de estos Conci–

lios de los Apostoles estatuyero11 la eelebracion de los Ge–

nerales, Provinciales, y Synoclales, como consta de el de–

creto. Y

los SJlwdales se ha.zia.n dos vezes cada año¡

y

despues se ordenó, y determinó, que se hiziessen vna vez

cada año. Y el Santo Co11cilio Tridentino, renovando es–

te derecho lo dispuso assi,

y

dixo : Synodi dicecesanre quo–

tanis celebrehtur, en ellos se t rata de la reformacion, y

correccion de los excessos,

y

costumbres, y de las cosas

necessaria. al bien de las alma. , y de las demas convenien-

[46] Paul. c. 2. ad Roma.

[47] Act. apos. c.

l.

&

c. G. c. 15. d. c. 21.- Car de 'faere. lib. 3. sttmmre

Eccle. c. 3. B'mi. de Bettis de Synodo 14.

Jl·

n. 12.

[48[ Oís. 18. c. de <::oncilliis c. dis. 18.-Annis

siu~ulls e~.

iliH.

18.-C.

Abbn. 28. q. 2.-C. Trtd. ses. 14. c. de refor. Inca sJCul. olim. de acusa.

-C.

Lim.

act.

2.

c.

24.