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Hypochrita eijce primum trabem de ooulo tuo,
&
tune
yj–
debis eijccrefestucam ele oculo Fra.tris tui [46]. Y San Pa–
blo, Qui ergo alium doces te ipsum non doces? qui prredicas
non f11ra.ndt1m furaris,
&
qui dicis non mrechandum mre–
charis? [47] Los Sagrados Apostoles, con el cuydado de el
bien Vniversal de la I glesia, y de los Judios, y Gentiles,
convertidos á la Ley Evangelica, hizieron quatro Concilios
en Hierusalem. El vno de los quales, que fue Synodal, (co–
mo dizen algunos Doctores) cbngrcgó San Tiago el menor,
Obispo de aquella Ciudad, para apaciguar . y deslutzer la
fama, que se havia extendido contra. San Pablo, á quien
falsamente imputaban , que pTcdicava, no deverse ya vsar
la circun. icion, ni las dcma.s ceremonias ele la Ley de Moy–
sen,
y
que eran mortíferas, que causó gran escandalo entre
los J
udíosnuevamente convertidos, no siendo esto lo que
precli
ca.va., sino que l
as tales ceremonias no eran necessa–
rias,
ni aprovechava.n
pa.rala. justificacion despnes de la
Ley Evangelica ele G
racia.Y se determinó en aquel Con–
cilio, 6 Synoclo, que fuesse licito circuncidar los hijos de
los Judíos convertidos, y hacer las ceremonias de la Ley,
y entrar en lo. Templos para ello¡ hasta qve llegase el
tiempo de sepultar
la · Synagoga con honra, y que estu–
viesse publicado
sufficientementc el Evangelio:
y
fué
vna permission no necessa.I:ia, ni de algun efecto, sino pa–
ra no desacreditar de el
todo la. Ley de Moysen, que
fue buena antes ele la Ley Evangelica ele Gracia, y
que se debia observar , y guardar de necessidad [48].
Los Santos P aclTes Pontinccs
á
imitacion de estos Conci–
lios de los Apostoles estatuyero11 la eelebracion de los Ge–
nerales, Provinciales, y Synoclales, como consta de el de–
creto. Y
los SJlwdales se ha.zia.n dos vezes cada año¡
y
despues se ordenó, y determinó, que se hiziessen vna vez
cada año. Y el Santo Co11cilio Tridentino, renovando es–
te derecho lo dispuso assi,
y
dixo : Synodi dicecesanre quo–
tanis celebrehtur, en ellos se t rata de la reformacion, y
correccion de los excessos,
y
costumbres, y de las cosas
necessaria. al bien de las alma. , y de las demas convenien-
[46] Paul. c. 2. ad Roma.
[47] Act. apos. c.
l.
&
c. G. c. 15. d. c. 21.- Car de 'faere. lib. 3. sttmmre
Eccle. c. 3. B'mi. de Bettis de Synodo 14.
Jl·
n. 12.
[48[ Oís. 18. c. de <::oncilliis c. dis. 18.-Annis
siu~ulls e~.
iliH.
18.-C.
Abbn. 28. q. 2.-C. Trtd. ses. 14. c. de refor. Inca sJCul. olim. de acusa.
-C.
Lim.
act.
2.
c.
24.