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ReglaGonsueta.
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C A_PI T
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O .-ULT1
Ivl
O.
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DE l.A
OBSERVANCIA DE ESTA
REGLA
Con5uCEa
e
Orno_.....
se. .
~t
...
~ formado .
eíla
Regla. ,
o
Riú;al
Eck~iJ
fi
ic o
lpar
a· dir«;cion.
de
los
' Pr.ebenc:bdo~
en
lo
te:.nporal,
y_
espiritua·I, .dtbeo todos arreglarse
a
d!J,
ª'i
lo$.
pre!_
occ.s~·
como
los
futuros,
y
paraquc :
se
ins–
r:uy an
de sus
rcspeétivas
ohligaci~.n ~s
Jos que de
n.uc.vo
entrare n al Cabildo,
tendra
el
Secretario
cuy
dado
de darles un excmp1ar..
sin mas
coílo
que
el
dd
pa–
pel. Todo
Pu:bendado
que
se iecibierc
ha
de
jura~
en
J¡t
.forma oridinarÍa
(1
· guardar
rcfláS.
Ü1{d~nac Í. 01ÍH, ~t-güo
y
como ván dispqeílas. Y•
·tespc_é1o.. de
que
por
úna
.Ley
Real .
(a)
eflá
~~miado
.qclte' ,
todos
los
Ordina,.
mientas ,
Efiatutos,
~ y .
Acuer·dos
de las ..
Jgksi
y
se
rcrní~
ra~
a
sú M.igescad, se
.cumplirá
1
~oviolabkmesae "
C'Sta
Real
~isposicion,
para
cuyo efetlo'
despues . ';de .
leerse en,
t
Cabildo
publico
esce
Código
succimo:,
aprontata :
el
s~.
·
qetari_o. <.k Cabildo
uo ·
ex(:mplar corrtéto,
·paraque
se
dirija dtrcchamcnte al REY,.
Rcsc:rvamos ,
para
l~s Syno~
~aJc~
que .
vamos
~ c:eltbr~r.,
las, dtmns
disposicior.es
,_ con··
vcniencc:s , .. no siendo
las
coocenid.asbas1
antes . para con–
cluir todo
Jo ncct;sario
al
h\lc:h
csiableoimiento•
·de nuc:;–
ua
Ig le ~ia.
En
ld
Ciudad del Cuzco
en
die
y
nqeve
Je
Junio de
mil secc:ciencos
ochenta
años:
El
_
{a )_Let._34: tir.
1.
líb. z.
"