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1

3

2

'A B

R:

1 L.

ut

quftJ:

&

liaptizantur pro illis?

(

1.

Cor.

15.

)

Esto es

como

~pone

San. Eph-ré'n ,

~

á

qué fin hacer buenas obras:

_y

~yunar

por los difuntos ,.

si·

no esperan resurreccion en

.la

otra vida!.

(

Ephr. in

suD Tcstam.)

Y

San Cypriano por

el·

nombre d.e

bauris.mo

entiende algunas veces las

lágri–

mas de

la

pe11i.rencia :

lacrymis se baptizat

:. (

Sermon de

C~n.

Dol11. )

En

cuyo sentido deda el Salvador

á

los hijos

del.

Zebedeo :·

~podréis

beber el cáliz que yo tengo de beber., .

b4utiZtlros con

e.l

bautismo co_n q_ue

f.O

he de ser

bautizado~:

(Mat:c.

r

<?~}

Los n)as. antiguos Concilios hablan siempre de las ora–

cion~s

, y'de las Misas-que se ofrecen por los difuntos, como

d:e.

obras de misericordia. fundadas en la constante

F

é

de

toda la Iglesia.

Sacramentum Altarh rton niJi

a

jejunii ho–

minibu; celebretur,

dice

ei·

Concilio Cartaginen-se ,

~n·.

que

subscribió San Agustin

el .

afi'o ·de

397..

No se celebre el.

Santo Sacrificio de la Misa

si1~o

en ayunas;

si auter!J

alt.._

quorum pomer.idiano

tempoYie defunctorum commendatio fa·

c,i"enda est

,

iolis oratianibus ftat

;

pero si· se quisiere ofrecer,

:á.

Dios alguna cosa por los difuntos despues de n1edio dia;

s.ea.n oracio 1es , y qualquiera - otra· especie de sufragios,.

con1o no sean Misas ,

ó

Con1tmiones.

El· Concilio Braclurense ,,

ó

de Bra:ga·en Portugal, q'Ie ·

se. celebró el año de

56

3.

prohibe se hagan sufi·agios por.

Jos ·que voluntariamente,se niatár,on

á

sí mistnos con n1uerte

·violenta , y· deliberada.

El

de

V

ayson en

el

año de

5

294

-el:

.de Orleans en

el·

de

53

3-.

y

el:

de Chalón sobre la Saona,

e1u:on1iendan que en

toda~

las Misas. se haga oracion po.r

los difuntos.

Viuum est·

(

die~

el úldni.O ,

Can.

39.)

ut in

omnibus Missarum sole.mnitatibus pro defunctort-tm spinitibuJ

1

loco competenti Domihus deprecetur:

pc>rqne con1o no hay

di

a

alg~mo

en

·que

no se deba r.ogar

á

Dios . por nuestras

necesidades particulares-, tampoco le debe haver, en que

no se

le.

pida ·en

b

Misa.. por las benditas ánitnas del

Pnr·

gatorio.

Ita nimirum nulla dies excipi debet

,

quin pro ani;.

mabus Fidel ium preces- Domino

in

Miísarum so!en;mitatibus

furtdantur.

En todos tiempos ha observado la Iglesia· esta

piadosa

costutnbre , añade el n1isn1o Concilio :

antiquitus

hunc

'