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1
3
2
'A B
R:
1 L.
ut
quftJ:
&
liaptizantur pro illis?
(
1.
Cor.
15.
)
Esto es
como
~pone
San. Eph-ré'n ,
~
á
qué fin hacer buenas obras:
_y
~yunar
por los difuntos ,.
si·
no esperan resurreccion en
.la
otra vida!.
(Ephr. in
suD Tcstam.)
Y
San Cypriano por
el·
nombre d.e
bauris.moentiende algunas veces las
lágri–
mas de
la
pe11i.rencia :
lacrymis se baptizat
:. (
Sermon de
C~n.
Dol11. )
En
cuyo sentido deda el Salvador
á
los hijos
del.
Zebedeo :·
~podréis
beber el cáliz que yo tengo de beber., .
y·
b4utiZtlros con
e.l
bautismo co_n q_ue
f.O
he de ser
bautizado~:
(Mat:c.
r
<?~}
Los n)as. antiguos Concilios hablan siempre de las ora–
cion~s
, y'de las Misas-que se ofrecen por los difuntos, como
d:e.
obras de misericordia. fundadas en la constante
F
é
de
toda la Iglesia.
Sacramentum Altarh rton niJi
a
jejunii ho–
minibu; celebretur,
dice
ei·
Concilio Cartaginen-se ,
~n·.
que
subscribió San Agustin
el .
afi'o ·de
397..
No se celebre el.
Santo Sacrificio de la Misa
si1~o
en ayunas;
si auter!J
alt.._
quorum pomer.idiano
tempoYie defunctorum commendatio fa·
c,i"enda est
,
iolis oratianibus ftat
;
pero si· se quisiere ofrecer,
:á.
Dios alguna cosa por los difuntos despues de n1edio dia;
s.ea.n oracio 1es , y qualquiera - otra· especie de sufragios,.
con1o no sean Misas ,
ó
Con1tmiones.
El· Concilio Braclurense ,,
ó
de Bra:ga·en Portugal, q'Ie ·
se. celebró el año de
56
3.
prohibe se hagan sufi·agios por.
Jos ·que voluntariamente,se niatár,on
á
sí mistnos con n1uerte
·violenta , y· deliberada.
El
de
V
ayson en
el
año de
5
294
-el:
.de Orleans en
el·
de
53
3-.
y
el:
de Chalón sobre la Saona,
e1u:on1iendan que en
toda~
las Misas. se haga oracion po.r
los difuntos.
Viuum est·
(
die~
el úldni.O ,
Can.
39.)
ut in
omnibus Missarum sole.mnitatibus pro defunctort-tm spinitibuJ
1
loco competenti Domihus deprecetur:
pc>rqne con1o no hay
di
a
alg~mo
en
·que
no se deba r.ogar
á
Dios . por nuestras
necesidades particulares-, tampoco le debe haver, en que
no se
le.
pida ·en
b
Misa.. por las benditas ánitnas del
Pnr·
gatorio.
Ita nimirum nulla dies excipi debet
,
quin pro ani;.
mabus Fidel ium preces- Domino
in
Miísarum so!en;mitatibus
furtdantur.
En todos tiempos ha observado la Iglesia· esta
piadosa
costutnbre , añade el n1isn1o Concilio :
antiquitus
hunc
'