·PR·ACTICO. ,
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~l1e
en cada una de las
Provincia~
d.e Europa se han
a~adido
otras 111U""'
chas ,
y
diferentes Leyes,
y
estable~~
cin1ientos
lTI
uniclp'ales , segun la
cqnveniencia de cada uno,
y
su for..,
p1a de gobierno
ha
}do requirien..;.
dolo en el curso del tieInpo, con
éstas,
ó
aquellas variaciones, que,
segun él, han ido
siel~do
necesarias,.
Por lo
refe~ido
se reconoce bien
,quán justa sea la estÍlnacion , que 'en
,cada Pueblo se debe dár
á
los Pr07
fesore~
de las Leyes "
y
de los
Cano~
'l~es
; dependiendo del conocinlientQ
,de entran1bas cosas toda la buena
,.orden de la
Re.públi~a 'j
y
porque
.,son · casi iI)finitos los libros,
y
se,n"'"
.tires, que 'hqy tenelTIOS .sobre
est~?
-crece tanto Í1.12.S el respeto, que ' se
,deba tener
á
lQs que aplicando
á
su .
estudio la n.lej r,
y
'n1ayor parte de
",SU vida,
co~
j
icio capáz de
~legir,
-y
reprobar, ienen
á
ser
arbitl~oS,
y