PRACTICb~
-31,7
-
~ar
el hijo
á
su l:nayor
bien.
Sobre
que
11;0
siendo -conveniente entrar
~n
.nlayor
individuaciol1 , paSarélTI05
'1L'decir, que la obligacion de cada
hijo,
para .
con
el
padre .,
no
puede
tener
l1nlite,
ni
razon, que
jusrifi–
q~e
·ninguna falta contra
él .,
ni se–
gun la
naturaleza., ni segun
Dios,
y
la Religion , ni segun todas
las
leyes
hunlanas,
y
la '
propria
convenien–
cia. Y asi "
por
descuidado
que
haya
~ido
en nuestra educacion ', ·por in-
•
•
Justo
que
sea en nuestro
trato,
·111
por
ninguna
violencj~,
que
exerza
. contra nuestra. persona, nunca
~e
be1110S
.quéjarnos
del
descuido,
con–
denar
ell11al
trato, ni resistir
á
lá
violencia, sin faltar
á
todos los pre–
ceptos referidos,
é
incurtir justa–
nlent~
en ·el horror,
y
desprecio
,de
. las ,gentes? resultando de qualquier
atto de
7ever~nci.
a ,
y
sU111ision
á.los
padres ,(
110
solo ·el
~grágo
.
de
DIOS;
, \
-
X
4
Y