CONs.TITVClON~!.
urios,ylibros del Gndico,quenta delas mifas,difpolicion dela caía,
y
las cícriprnras delb ,y las qlle no elluuicré conforme :il:t 1egla, l:u
de por ningunas,y vilire las oficin:is, y los de!i:uydos que hallare los
cafiigue,y en todo proue:i lo que conuinicre,en eípc:cial al culro di
uino,feruicio de enfermos,hm:fpedes,y coníeruacion dela reli ;;ion,
y
para que en todo lo fobredicho pueda
el
Prouincial hazcr bien
fu
ofici o,en cada conuenco aya in uérarios de todas las oficinas,
y
dlos
pong:i el Guardian
en
vn
libro.elqua! quede al fucdfur,y
eAé
lo s di
chos irrnétarios firmados del Gu
:irdi.rn,y dd oficial de cada oficina.
El Guardian que viene de nueuo al co rrnenro <l erro de ocho días
fea
obligado
a
ver el dicho libro,y todas las eícri pturas del;., caía,dc
.lasquaks aya memoria en el djcho libro . y
vilirc
la librería confor–
me lo m:indado por Sixto
V
.aunque
l:ts
penas eílan qt!itadas, liluo
quanto :ilos que defraudan
la
dicha librería.
§.
1.
Quenotengancofasdeprecio.
EL
fr:1yle que tuuiere
cofas
de precio fin licencia de
fu
prelado,fca
priu:tc.lodellas,
y
caíligado como proprietario, y tenga 'por
feys
mefes
el
conuento por c:ircel.
§.
~·
Del:t caree!,
y
c:arcelero.
EN
todos los Conuenros
íe
haga vn:a c:ircc:\ forne con ventana
alca,y rej'.I de hierro ,y en ella aya prilioncs fuficiétes,p:iraéj qu:an
do fuC"rC'n necdfari:ts,no fr:i mcndler pedirlas fuera de caía.
El carcelero
que:
no executarC" todo lo mandado en penitencia
á
los preíos,por la primera vez
(e
le de vna folernne difciplina en co-
111unidad,y por la frgunda elle tres diasenla cafa dela difciplin:i,y
6
el prefo
fe
fuere por
fu
culpa ele\ carcelero,íea obligado
el
prtlado
a
ponerle
l
el C"nlas prifiones,quC" renia
el
prefo.
§. ,.
De reue\ar los íecrC"tos.
E
L
que acudiere a qucxaríe a algú juez íeglar de agrauio que fe
le
o1
:iy:1hecho enb Rc:ligion,Íepa que incurre en deíccmun ion reíct
uad:i :il
P~pl,y
efl.i priuado perpctuamenre de <'lllllquicr oficio
dc:l3
Orden,y
de
voz aétiua y pafiua por conílitUció Apoílolica,
y
las
m
if
mas
penas
incurren los que
dire~e,o
indircék
les
.'.lyudaren,o acon,
fej:iren
para
ello.Y porq de pedir p.uecer fuera dela orden para
co·
fai,