H. Supervisar el uso adecuado de Ins cquipns Jc pmtccc16n
personal durantc las actividaJcs.
l.
GESTll~N
DE
DOCU~IENTOS
DEL SGSST
Art. N
2
17: La Bibliotcca Nacional dcl Pen) ,lcfinc proccdi–
mientos ,{ocumentadns, para cuhrir situacioncs don,le su auscn–
cia pucda llevar a Jesviaciones ,le su Polftica Jc Seguridad
y
Sa–
lud en el T raba10 y de sus objet1VtlS, a continuacilin sc dctallan
los siguicntcs registros obligatorios para la toma de ,lecisiones:
l . Rcgistro ,{c accidcntcs de trabajo, cnfcrmcdadcs ocupacio–
nalcs, inCJJcntes peligrosos y otms incidcntes, en cl quc
debcn constar la invcstigaci6n y las mcdidas corrcct1vas.
2. Rcgistro de cxamcncs medicos ocupacionales.
~.
Registro dcl m0nitoreo Jc agenrcs fisicos, quimicos, biolo–
gicos, psicosocialcs y factorcs Jc ricsgo ,hscrgon6micos.
4. Registro de inspecc1ones internas de seguridad ysalud en cl
trabajo.
5.
Registro de csradisticas de scguri.fad y saluJ.
6. Registro de cquipos de scguriJad n cmcrgencia.
7. Registro Je mducci6n, capaciraci6n, entrcnamicnto y si–
mulacros Jc cmergcncia.
8. Rcg1stro de audiwrfas.
.t
ESTfMULOS Y MEDIDAS DISC:lPLINARlAS
Art. N
2
18: La BNP premiara las bucnas practicas a naves de
reconocimicntos verbales y/o cscritos a los trnhaja,{ores quc de–
mucstrcn mcior actitud y compromiso hac1a la culturn de Segu–
riJaJ y Salud en el T rnbajo.
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