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dos por ciento. / Con la publicación que se hizo del, en la
Ciudad de los Reyes. Y dos / capítulos de vna su Real
instrucción, en que su Mag. ordena. / y manda al Señor
Don García Hurtado de Mendoza, / Marques de Cañete,
su Visorrey, Gouernador, / y Capitán General en estos
Reynos, y Prouincias del Piru, Tierra firme, / y Chile, lo
execute. / Todo lo qval Su Señoria mando que se impri /
miesse para la execución, y cumplimiento del dicho Aranzel
Real. / Por mandado de sv Señoría. / Impresso en Lima
por Antonio / Ricardo, primero Impressor en estos /
Reynos del Piru. Año de / M D XC II.
Fol. Port. v. Licencia del Virrey para la impresión, Lima
27 de abril de 1592. 1 f. más 2 ff. s.n.f. 2 en bl. al fin viñeta,
más 8 ff. s.n. f.8 v. en bl. al fin viñeta. Colofón: Impreso en
Lima / por Antonio Ricardo / Con licencia.
Tomado de RVU: IP p. 16-17 n° 7.
Ubic.: Archivo General de Indias; Biblioteca Americana
«José Toribio Medina».
a
Real Cédula sobre Havilitación y legimitación (
sic
) de los
Mestizos.
El Marqués de Cañete, escribiendo a S. M. en los Reyes, el
20 de enero de 1593, le dice: «Por todo el Reino envié
copias, para que se publicassen, de la Cédula sobre
havilitación y legitimación de los mestizos y como los mas
de ellos son gente pobre y de poca consideración han
acudido pocos a gozar desta merced ...»
Al respecto, Rubén Vargas Ugarte anota: «Por estas líneas cabe
sospechar que dicha cédula se imprimió en Lima, existiendo
imprenta en esta ciudad. Sin embargo hasta hoy no hemos