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dos por ciento. / Con la publicación que se hizo del, en la

Ciudad de los Reyes. Y dos / capítulos de vna su Real

instrucción, en que su Mag. ordena. / y manda al Señor

Don García Hurtado de Mendoza, / Marques de Cañete,

su Visorrey, Gouernador, / y Capitán General en estos

Reynos, y Prouincias del Piru, Tierra firme, / y Chile, lo

execute. / Todo lo qval Su Señoria mando que se impri /

miesse para la execución, y cumplimiento del dicho Aranzel

Real. / Por mandado de sv Señoría. / Impresso en Lima

por Antonio / Ricardo, primero Impressor en estos /

Reynos del Piru. Año de / M D XC II.

Fol. Port. v. Licencia del Virrey para la impresión, Lima

27 de abril de 1592. 1 f. más 2 ff. s.n.f. 2 en bl. al fin viñeta,

más 8 ff. s.n. f.8 v. en bl. al fin viñeta. Colofón: Impreso en

Lima / por Antonio Ricardo / Con licencia.

Tomado de RVU: IP p. 16-17 n° 7.

Ubic.: Archivo General de Indias; Biblioteca Americana

«José Toribio Medina».

a

Real Cédula sobre Havilitación y legimitación (

sic

) de los

Mestizos.

El Marqués de Cañete, escribiendo a S. M. en los Reyes, el

20 de enero de 1593, le dice: «Por todo el Reino envié

copias, para que se publicassen, de la Cédula sobre

havilitación y legitimación de los mestizos y como los mas

de ellos son gente pobre y de poca consideración han

acudido pocos a gozar desta merced ...»

Al respecto, Rubén Vargas Ugarte anota: «Por estas líneas cabe

sospechar que dicha cédula se imprimió en Lima, existiendo

imprenta en esta ciudad. Sin embargo hasta hoy no hemos