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nombre del servicio del Estado, de acuerdo a lo dispuesto

en el Código de Ética de la Función Pública.

Denuncia

.-

Es la acción presentada por personas

naturales o jurídicas ante la Biblioteca Nacional del Perú,

sobre hechos relacionados con faltas o infracciones a los

principios, deberes éticos y disposiciones de la Ley del

Código de Ética de la Función Pública y su Reglamento,

por parte de los empleados públicos de la institución.

4.2 PRINCIPIOS, DEBERES Y PROHIBICIONES

ÉTICAS DE LA FUNCIÓN PÚBLICA

El Empleado Público de la Biblioteca Nacional del Perú

debe actuar y ejercer su función pública, conforme a los

principios y deberes éticos que estipula la Ley del Código

de Ética de la Función Pública, su modificatoria y

Reglamento; sin perjuicio de las demás que se encuentren

contenidas en otras normas:

Principios de la Función Pública

a) Respeto

.- Adecúa su conducta hacia el respeto de

la Constitución y las Leyes, garantizando que en

todas las fases del proceso de toma de decisiones o

en el cumplimiento de los procedimientos

administrativos se respeten los derechos a la defensa

y al debido procedimiento.

b) Probidad

.- Actúa con rectitud, honradez y

honestidad, procurando satisfacer el interés general

y desechando todo provecho o ventaja personal,

obtenido por sí o por interpósita persona.