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nombre del servicio del Estado, de acuerdo a lo dispuesto
en el Código de Ética de la Función Pública.
Denuncia
.-
Es la acción presentada por personas
naturales o jurídicas ante la Biblioteca Nacional del Perú,
sobre hechos relacionados con faltas o infracciones a los
principios, deberes éticos y disposiciones de la Ley del
Código de Ética de la Función Pública y su Reglamento,
por parte de los empleados públicos de la institución.
4.2 PRINCIPIOS, DEBERES Y PROHIBICIONES
ÉTICAS DE LA FUNCIÓN PÚBLICA
El Empleado Público de la Biblioteca Nacional del Perú
debe actuar y ejercer su función pública, conforme a los
principios y deberes éticos que estipula la Ley del Código
de Ética de la Función Pública, su modificatoria y
Reglamento; sin perjuicio de las demás que se encuentren
contenidas en otras normas:
Principios de la Función Pública
a) Respeto
.- Adecúa su conducta hacia el respeto de
la Constitución y las Leyes, garantizando que en
todas las fases del proceso de toma de decisiones o
en el cumplimiento de los procedimientos
administrativos se respeten los derechos a la defensa
y al debido procedimiento.
b) Probidad
.- Actúa con rectitud, honradez y
honestidad, procurando satisfacer el interés general
y desechando todo provecho o ventaja personal,
obtenido por sí o por interpósita persona.