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recursos
á
Ja restitucion de
empico.
Mas adelante,
á
est.e mismo
empleo le caracteriza de comision, cuyo servicio se halla sugcto
al querer del gobierno. En
ctunto
á
Jo 1. o he
desaparecido
sus
argun1entos
proba1Hi11J victoriosarnente
su
legal
sepa1·•H'Í1rn
del
car·
go legal. Por que el Congre:so
autori.zóal Egccutivo para Ja re–
forma· por que este me conservó en el empleo que
ya
obtenia.
<k ofü·ial mayor; por que
foé
facultado para refonnar, bajo de–
terminadas bases,
y
no para proponer; por que la representa1'.ion
nacÍJn<d con vista de una
real órden aplicada
ya
á
rnuchos em.
plcados le ¡·ontinuó el sueldo,
y
le apartó definitivamente del mi·
nisterlo:
por que admitió destino propietario, con despacho, en
la
contaduria general:
y
en fin, por que
el
Congreso hanri<t impe·
dido cunlquicr abuso del Egccutivo, si le hubiera
encontrado al
oir la esposieion de Castañeda en 1827; esposicion que denomi–
na
ahora protesta, cuando su tenor es preso
i
1nporta un so1neti.
miento absoiuto sin
ni:.1s
norte que
la
conservacion del sueldo.
Con respecto
á
lo
;.!,,
0
ten~o
comprobado que es una rnons.
truosa oposicion
á
las
leyes
eJ arbitrio malicioso de conside–
r r comisiones lo:; destinos propietarios. Se abanza
Castafieda.
á
de:·ir
que en el ministerio de guerra no
hay
rnas
ernpleos que
los
grados
mílitares--intentando
que su opinion
prevalezca
para
que pierdan esos ernpleados la propiedad mas autorizada, desde
la inst
Jaeion
de
la
ofir·ina-propiedad respetada en once años
por todos los
primeros
magistrados.
.llt.:
justific;Ldo
que es
una secretaria
dd
gobierno para el ramo de guerra, identiea
á
las demas de estado; que los sueldos
y
plazas de n(nn. son co–
mo en estas, sin que se inire
Ju
inve:·:tidura militar, que usan,
como profosion de armas, sino por el contrario como una ne–
cesidad del fuero -una
condccoracion
indispensable al desempe.
ño de los asuntos que manejan.
.He
puesto
á
t.oda luz que el
gobierno no puede ni podrá nunca despojar una corporacion de
empleados
garantidos, para convertirlos en juguetes rniserables de
caprichos,
y
á
la sombra
de comisionados militares
removerlos
á
cada instante por solo aquellas
graduaciones; cuyos
sueldos
no
disfrutan .
.l\Ic
resta hablar
á
Ja cánHtra del arrojo con que
Castañe–
da. en su ultirna instaneia nivelando al
ministré
con
cualquiera
de Jos batallont:•s
dice:
que
nt
lo militar
110
hay un solo individuo
que pueda tener olra
propiedad
que la
,fo
su grado sopena de que
se altere el órden del
1;j<>,rcito
Si el úrdcn en los
rejimicn tos
puede alguna vez depender del ingreso
y
egreso en el los de jefes
y
ofo·,iales; en el minísterio seria desordun
y
arbitrariedad arran–
car el empleo propiewrío con determinado sueldo. A!!i no
hay