,
.
· '
.
·.
DE -
su
MAGESTAD
EN Q,VF
SE
CONTIENE LA
ltJRISDICClON
J
del ReEtor de ella Vniver{idad.
'EL
REY
Q .
~~~~z::i~~
·
OR
Quanto
vos
~1
Doélor
Juan Ve1azquez,
·Cathedrafco ·. de,
~\ ~)
·$l
Theo!ogia
de
la
Ciudad de
tos Reyes de las Provincias del
Pirú,
s~~
;-
'!'·'~~1
en nombre
de
dJa, me a
veis
hecho·
rdadon,
que
D.
Frandf–
!illlm
co
~~
Toledo mi
Virre~,
que
fu.(: de
aque~las ~r~viocbs,
con•
4C-..¡;.¡:,_c
ce-dio al Reélor
de
la
dtcha
Vn1vcrÍldad,
¡un[d1cc1on fobre
los
VoB:ores._
Maeftros, Ofictales)y Eíludiantes, dentro de
las
Efcu~!as
de ella
e~o
c'afos
criminales con
.apelacion
á
Ja mi
Audiencia
Real de
la
dicha
CiudaJ
por
a ver parefido cofa con viniente,
y
necdfaria
5.
b correccion,
y
recogí•
rnrerito
·¿
~
lqs ·dichos Efludiantes, como
pareda
por vna proviGon
f
uya
que
t~e
prefenrada.enmi
Coofejo de
las
Indias,
cuyo
tenor es el
que
fi..
íi&u~
J.?.
Fran .: iíco de
Toledo MaYord9rno
de
fu
:\fagd}ad,
Cu
Viíorey,
Governa•
d'or, y
Capitan General
de
e!1:os Reynos,
y Provincias
delPirÜ)
~
Tierra
fir ..
~e~
Prefidente
de la
Real
Audicnd~,
y
Chancillena,
que en erl:a
Ciudad
ce~
fide
&,. •
Por quanto
entr~
las
dema-; cofas,
cpe --e.':}
nombre
d~
fu
Magefüld
E~
aíienrado
en
eflos
dichos
Rey
nos ·pata
el
augmento,
y
conrcrua.:ion de
~llas,
ha
fido
vna,
y
de las mas principales poner la V
nivedidad,
q
en eJla eílá.
. fundJda
pór
el
Emper~dor
N.
S.
(Je
gloriofa
memoria)
~n
b
p.Hte
y
lu•
gar donde
al
prefente
dhl,
p Jr
d
b\en ,
e
vti\i fad que
de
ella
fe
con
G~u~,
V
f .!
efpera que ha
d,;
redundar en fer vicio d_. Dio; N, S.,
e
acrecent amieot'>
de
fu
fanta
Fe
cathdíca,
y
en-
fervicio de
fu
Mageílad,.
y
~ien
de los .vez.inos,
y
naru1aks
d~
eflos
dkhos
Reyn '.)~,
adonde
mediante
ta
do&acio!l
y
prQ.•
vc:imiento de Cathetlras, qu:
fe
ba ido haciendo,
fe
va
encendi~ndo
el
fcu.
iO',
que
de eíla tan
principal
obra
r._edunda,
y
ha
de redundar.
y
para
que
roas
y
mejor
fe
puedJ.n
confcg11ir
los
efreétos, que de
la
dicha
\J
nivedid:d,
y
de
ÍiJS
1~inííle rios
fe
pret enden,
ha
parecido
convenir, que
el
Redor, qu·c es
o
fue4
re,
co:no
cab~za,
que
de eUa es,
tenga
Junfdicion
fobre los
Oo..5torcs,
Mae
1 •
Úos.
Eíludiar:tes,
y
Oficiales de
la dicha Uoiverfidad,
par.1que
en
las cofas
de ella
andé
mas
c;crregidos,
y
b~ é
d1fdptinados
d~
lo
q
ha{h
~qui
a
pa.tcddo
por notoria exp
eriécia en negocios q en las Efcuelas
d~
la dicha .
Univerfid.d
fe
h~o ofr~cido,
P.oroo aver renido
el
dicho
Reélor
jurifdicion
p-ara
lor;
caer•
éer,
y
GaíHgar,
y
affi cada vno con eí\o
procurara
a~udir
a
lo
q
de~e.
de
qu!:
Dios,
y
fu
Mage!lad kran muy
fervBo~.
Atent:p
~lo q~1al
ya
que
eo
lo que
a ora
p;o
'l eo,
no
(e
quita
a
fu
Mage!hd
iLtrifdicioo
alguna,
ni
fo
p::r j
Jdici
a
'la
refervac1on
1
que
el
Emperador N, Señor
hizo
ea
la fundacion de
la
Jj ~
,ha.