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afsignaf
puntos, par
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t'-•a
me• {tcreto de li•
Ctltcladó,
CONSTITVCIONES DE LA.
conflitucion cienro
y
ochenta
y
dos,y ciento y ochéra
y
feys. Pero en cafo que la repeticion fe baga en d1a le–
étiuo,fea obligado a entrar en examen denrro de quin
ze
dia~.
Y
li
fuere en dia no leéliuo,réga termino de rre
inta dias para
el
dicho examen.
CONST. CXCVIII.
Y ten el di a que fe aya de aíignar puntos para entrar
en exam¿ Cecreto,
el
Reél:or,el dia antes mandara al be
del que auife a los doél:ores de la facultad, la hora de la
afsignacion. Y a la hora
q
fuere,yra
el
examinador por
el
padrino a fu
ca[.~,
y ambos por
d
Reaor a la fu ya,
y
de alli a las efcuelas,a dóde muy de mañana, fe Jira vna
miffa al Spirirufanro,eftando los libros para la afsigna
cion en el altar. Y acabada la miífa, eíhndo prefcntes
los quatro doél:ores mas modernos que há de arguir
é
el ex:1men,
y
el dicho Reél:or, tomarajuramenro a dos
dellos quales le parefciere,
q
no hao comunicado d1re
ae
ni indireél:e,por
(j
ni por tercera perfona,nip or nin
guna via con
c-1
que hade examinar,ellugar pordonde
han de abrir los l1bros, ni los p uneos que(¿
le
hi
de af–
íignar. Y luego hecho el dicho juramento,cl dicho Re
él:or clara los libros a vno de los dichos examinadores,
para que los abra por tres partes; poni_endo vn papel
por feñal en cada parre,para que de las tres eliJa el que
fe ha de examinar, el texto que quiÍiere,en aquella pla–
na,o en la de antes o defpues. Y el doaor de los dichos
guarro mas modernos que Íe dexare de hallar a la di–
cha afsignacion,pierda la hacha
g
fe le aula de dar,aca
bado el examen. Y la dicha aísignacion fe hara,al cano
nif.l:a para la leél:ió principal,en las decre[alcs,
y
la otra
feguoda leél:'ion,en el decreto.Y allcgifia la primera
y
principalleé\:ion,_eo
el
digc:fio viejo. Y la íegunda en
el
Codigo.Y hecha la afsignacton, ell'ecretario efcriuira
en vnas,ceduliras las parees que efcogio el examinado.
Y
el
bedel las lleuara a los doél:ores de la facultad, que
no fe vuieren hallado prcfentes.
Yren