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CONSTIT\'CJONES DE LA
na orden,hazicndo memorial )labc:ccdario de todos,
y
por ia orden que efian,par:t gue fe bufc¡ucn y hallen
con fac11idad: y haga renou:H los priuilegios, efcripru
ras,y cedulas que ruuicrcn dello occefsidad: de mane–
ra que no fe apolillen,picrdan ni confuman: y que efie
todo bien guardado,y conferuado,fo pena de íep pe–
fos,por cada vez que lo dexare de complir,
CONST.
XXVI.
Yté
el
dicho Reétor fea obligado de vifi_tar dos ve–
zes en el año,junramenre convn confiliario de: los del
claufiro,y a me
el
l'ccretario los pupillajes que ouiere
en efiaciudad,y dcfJgrauic los agrauiados en las cofas
tocantes al prouc:ymiéto,alimcntos de los pupillos,fo
pena de
~os
pefos por c:tda
vez
que dcxare de bazer la
dicha vi{l(a.Y por cada vi lita licue
el
dicho reétor qua
renta reales,y
el
confiliario veinte,
lo~
qua les pague
el
bachd!tr del tal pupillaje.Y afsi mifmo vifitc:n
lo~
efiu
di antes que viuieren fuera de
pupillajc:~.
CONST,
XXVIl.
Ytem
el
dicho rc&or al principio de las vacaciones
haga juntar todos los cathcdraticos de la vniuedidad,
y alb fe feñale la materia,
y
titulos qu.ecada cathedra–
ticoha de leer,defde
el
principio del año para todo a–
<JUel
aiio, teniendoenello confideració al fruto, y a¡p–
uec bamie'?tO del
os
efiudiantes,y lo que fe acordare ,fe
haga notificar a los cathedr:nicos que no vuieren dla
do prcfences al dicbo fcóalamicnto, para que todos fe
puedan preucnir en fus materias,y leéturas.
CONST. XX VIII.
Ytem en todas las cofas en que ouiere de interuenir
jurame nto,fe haga·en manos del reétor:y
el
lo refciba
y-rome,afsi a los que fe graduaren en pu.blico, corno a
los doétores,macfiros,y officiaks,que fe refcibieren,o
encorporaren en
el
clauflro.
C O N
S
T,
X X V llll.
Ytcm El Reétor,confiliarios,y fccéetario de la vni-