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'

)

Lihro

.s-Tit.

21.

~

Z:ey

.11. Que

d.en

pen4 Je muwte

al

obrer~

quefe hallare.que

labr"

otro

oro

o

plata

de

Lo contenido

en

1.flas

leyes.

Alli

cAp.

t

7•

,-ocrofi,ordenamos

y

m'1ndamos,que

qualquicr

obrero o monedero que

le

fuere

hallado

en fcc·e

o

en

fornazaotro

oro

o

placa,o

otro

metal

de lo por nos

ordenado,quc

lo

maten

por eflo.

~Lry.

re.

§2.rte no

fa

Ltbremoneda antes de

fa•

lido-elfol,o deJPues Je

p11eilo

,fo

pena

d~

muerte.

Alli

.,ap.

J

S.

~Ocrofi,ordenamós

y

mandamos,quc

nin

o-un

monedero no

tonie mas monc

da para

monedear

de

lo

q

pudiere mo–

nedar aquel dia.,ni

labren

la

dicha mo..

neda,faluode fol a

fol~y

qelquclabrare

an

ces

4el

fol

r

alido,o

defpucs

de puello,

111uera por eUo.

.

_

_

,

Ley

.19.

!il.J!,e el

monederoy

blanqueced?r m

las mifmas pie;as torne

lo que

refcibiere,

fo pen'a de muerte.

:&lli

c11p.1~.

,-ocroíi,ordenan10s

y

mandamos~4ue

ningttn monedero,

ni

blanquecedor,

no fea oifado, de facar~lo feble

y

de·

xar lo fuei:c~,faluo que

lo

mifmo

que

rcce~iere,eíf

o mifmo,

y

cífas

mifmas

pie~as torne

1

fo

pena que

lo macen

por ello.

~Ley.

z.o.

~e elcontrapefa nofta mojAdo, ni

ltt cifall,r

fe

embudu1t

coh otra

,

que

todo

fe

haga limpittmente,fo pena de muerte.

Alli.cap.1.-0.

5,'0tr

oíi.,ordcriamos

y

mandamos"quc

o.me

alguno, no

fea

oífado de cargar

el co

ntrnpefo,ni traerlo mojadoni con

poluo,ni

cmbuelua

vna ci~alla con o-·

traque

no fea de fu tnctal:ni en la

cifa

llano

rraya

tierra a bueltas,ni labre las

dichas monedas

de vellon

con ceniza '

ni poluo,ni

rraya

ninguna moneda pol ·

uor iéca,faluotcodo

limpio ante las guar

.das>y

íi

el

contrario hiziere

que

muera

por ello.

,

Ley..zi.

fi2.!e nofe fonda

cif

alla con ningun4_

otra,de

quA/quÍe'f meia/quefaa,fo

fas

pe~

.

nas

en efta

ley

contenidas.

Alli

cap

2 1.

5'0trofi,ordenamos

y

mandamos,quc

ningu11

tcforero

ni

obrero ni

capataz

ni otra_perfona alguna no fea oífada

de

hazer

fi1ndir,aifundir

nin gunacifalla

ni reci~alla de

oro ni

de

placa,ni

de,vc–

llon,.fin que fea

prcfence elnudl:ro

en–

fayador:y

aunqu~ efl:e

prefence,que

no

buelua

con

la

cticha ci~alla ni

reci~alta

otra

plata

ni cobrc,ni otro

n1eral,

aun–

que fea de la ley, fo

pena

q

uc

el

que

lo

contrario hiziere ,

que· lo maten por

cllo,y

el

enfayador

que

lo coníinciere,

pierda

el

ofi.cio,y la mitad de todo~ .fus

bienes repartidos en

la

mai:iera fufo-

dicha_,

.

5

Ley

.12..

~e

el

tefarero de

ld,S

ornd~

ds

ti

los

obrero'J'.

.

Alli

éap.1.2..

!"Otroli,ordcnamos

y

mandarrios,que

el

dicho teforero

de

fas

fornazas a

ca·

patazcs

y

a obreros bien feguros ;

.

-;Ley.2f-~enoftfaquedela

c11Ja moneú

11lguna,h,fla

qfa4

/4br11d4por

todns

los

ofici11les

{o

pena

áe

muerte.

Allí.e~

.1;.

t

Otrofi

1

ordenamos

y

mandamos

qne

ningun

obrero ni monedero., ni

otra

perrona alguna

no pued.t

facar

ni faque de las

dichas

caías

de la mo~

neda, mon:eda

algLtna de

fas

dichas

mo

nedas

de oro

y

plata

y

vellon,

anee~

de fer del

todo

acabada

y

librada por

nue(ho tcforero

y

cnfayador,

y

macf–

.cro,y guardas,y efcriuano,fo pena que

lo

1naten

por

ello ,

y

pier.da

todos fus

bienes.

!J

Ley.14.~~

ltis

g1Urtlu ú1:g11,n

tn

,m

11,r.

ta los,"Jarejos para monedettr

-!Y

el mone·

áe10

ep~

mifmo

di11,

'!"e

los r~(cibiere los

huelua tilasguardas

,fo

pena

de muerre.

Alli

cap.l4. ,

~Otroú,ordcnamos

y

mandamos,que

las

guardas

de.cada

vna

de

las dichas

ca

fas

tengan vn

arca para

que:

tenga

t?-

dos

'