'1.46
ra
el
dueño de las battas, tefpeéto·de no a
plicarfe-
los quatro gra•
,
•
•
nos de
ley
per-
las para
SI
V. Mag. tema los motivos que expufo,
tenecianalMer
Mem. num.
3
I
3.
y
eíipecialmente
fiol.
14
r.
Mem. n.
cad~r, tu~o
los
•
. motivos Jufios
I
134.y
f
g.
y
I'1..
26.
y
f
g.
y
no fon defprec1ables,
m
que
avía
repre-
teprehenfibles, por inclinarfe fiempre vueftra Real
fentado.
piedad
a
beneficio del Vaífallo, mas que
al
del
Rea~
Pati·imonio•
.I 2
5
r
~e
fe
confirmaba
el
concepto antece–
dente ,con lo determinado por el Real Acuerdo
a
'\
Confulta
del
Conde
de.laFuente-Roxa, Juez nom-
bra~o
para la averiguacion contra los Oficiales de
la
Cafa del Potofi, fobr_e la forma con que avian de
·correr las labores,
y
.copia que remitio
de
una quen–
ta en
que del efeéto de dichos quatro granos apar–
to
la
cantidad que juzgo precifa para cofrear los
gaftos del.Mercader
,
y
fe
tuvo
a
bien que profi-
gui:eí\e
en.elmodo que prnponia,
y
que con vifta
de un Informe ., que hicieron los Enfayadores de
Lima ,
y
de lo que dixo
el
Fifcal, bolvieífe
a
infor.;.
(},ye en
Potofi
el
Conde de
Fuente- Roxa'
feparo de
los
4.granos lo
fu–
fic 1ente
para
q
el
Mercader
fe
pudieffe cofie–
ar ,
y
fe apro·
bo
por
el
Rea.l
Ac.;uerdo•.
.
~
.)
mar
fo
que tuvie·ífe ·por
'rnas
conveniente
al
Servi-
"f'-~
r· ·
cio de
V.
Mag.
y
bien publico, .de cuyo Expedien._
~t
te no avia .p-odido defcubrir
el
paradero; aunque lo
,, ·
avia folicicado; pero que .de un traslado íimple
de
dicha quenca
fe
manifeftaba, que del efeéto de los
quacr.o
gran.osfe
defconto ,
y
rebaxo
el
impor-
-
J
•
te de los ga(l:os , dandofele
el
nombre de feble;
y
viniendofe
a
execuca'r
al
prefente lo mifmo que
antes
fe
obfervaba en ambas Cafas , (au.nque
por
computo diferente)
fe
facaba que
el
concepto no
era errado,
ni
digno de reprehenfion, como fupo-
nia
el
Fifcal.
- . 1252
~e
fiel importe de dichos quatro,.
gra~
nos eftuvieran aplicados
a
V.
Mag._
no huviera
avi~ ~e~
5
e~~v~:
do
el
citado arbitrio·,
y
COl!cediendofele
~LMe.rca-
ran
los 4. gra-
d d 1
1
'd d
r.
d'
nos aplicados
er e os quatro granos a cant1 a .corre'11pon 1en;.
·
v
M
a
•
ag.
no
te
a
fus
prccifos.· CO~OS,
no·
debia caufar dií{onancia
huviera avido
el
citado
arbi"I
Iiiiii
que
trio.