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~e
como tenia
alegado~
no conducía
a
ta
defenfa
<;\el
T
eforero para
el
modo de labrar las
Monedas con el :dicho feble, ni
el
cíl:ilo, licencia
de los Virreyes,. ni las Ordenanzas, ni la Prueba de
Teíl:igós,
ni
Inftrumentos; antes bi<:n le
dañ~ba,
y
Q!ie las
Leyes.
Ordenanzas,
y
Licencia de los
Virreyes reíif-.
ten
el
feble.
--)
perjudicaba,p_o_rque las Ordenanzas fon
arre
ladas
a
--· .,
~ey~
y eíl:as · o permiten
e~mpcion
del febl
y
que .los Virreyes ·r.cñian ·el feble ., .,y mandaban
(e
arrcglaífen
a
la ley,
y
los
Teíl:igos fon
concfa
pro-.–
ducentem, pues dicen adelanto
el
fabfo
a
lo permití·
do por ley,
.y
lo comprueba
la
Diligencia cleCdc
d
F.7•...41'.n.48
5.
y
que fün11,ifma
pru~ba aer~·di·~~ba
10
que refulta d·e h1Suma·
r.ia·,: e\
Diligq1cias
glJ\~ 1. Frece:-
--;
diero~
a
fa prifi<;:Hl
j .
Con que·fe
C.~i
\fi-.éiaba 'd~htíla
..J'}·
/
prifion,
y
dernas.procedimientos
q~e.
f'e avian ·prac,..
ti
cado:
,.
s
'
t
· ,
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, ,
~
¡
i1
e
·
1047
~e.
mo ldirv.cnrcle clifoulpa,
los .Aqtos
d~
V
~R.Acuerdo
de
t2
8
.de Nov
ieml?r~
d;e.
I
t2
9,
)y'i9,.·
de
Marzo de
730.
.
M.
n.
'288 ;
en
q·\:fe rf~
le
Dl"-flªawn
abonar
2
50.
ps\.<eµ cada·partida :aLMercadep_,
reinter–
graridofele del cfeéto de .los
4.
granos. q'ue .fe man·
daron depofüar, ' y
qu~e ' CIJe_ .:p~g·aífe
cambien
el
..)
impone de la baxa de
ley
que tenian,las
b~rt-<\S
qi:le ,
i •
cnrraban
a
Iabra~fe, rcfBea~
_a:
L~
que lleva? a:p.
9
úil- ,.
'~~
cada de fuera :
m,el
decir, que por 1la..per,nufs1on
de
los
2
50.ps. de cada fundidon fe califü:aba de jufia Ja
coíl:umbre de la permifsion del
feble ~,
pues
~_pn
Io.s
..
1 1
5.
pefos del importe,del tomin
y
medio, np. avia
·· ~
lo fuficience para hacer los gaftos,
y
que los del e-ar- ., · ·
~
bon
de la primera fundicion no debía pagarlos , por
c..
d.
íl: '
·
d 1 d
l
l
d L
·
~e:
t:L
Auto e
e ar
afs1 ec ara o por e Rea Acuer o :
o
pnme-
9 •
de Marzo de
ro, porque efpera
el
Fifcal, que V.Mag.
_re.~oque
el
~!~~ ~~e
1
:~~~
cxpreífado Auto, enterado de que
fe
exp1d10 por las
gida ,quenta
q
___ fingidas apariencias,
y
fupueftas perdidas que cxpu-
~º~~~e~:n~~:
fo
el
Mercader Don Pablo Patron
avcr
tenido
en
vocar.
1
las
ultimas
fundiciones, no fiertdó ciertas ,
y
avien-
do-