y
fe logre baxe
a
aquella: Feria . la
~ cancielad
qu:·ru.. .
pone de:Moneda_menuda,
el
Com-ercio de Ef
paqa.
no careced d,e dicha fuma ,
y .
J;;i
Real Hacienda
de los derechos que fe caufaren en
fu
baxada
a
Por–
tovelo :
y
los demas perjuicios,
que
para
lo futuro
e.n
la Moneda que fe labrare , reprefenta dicho Co–
mercio, pare-ce quedan defv-anecidós con
el
Decreto
dado ..por ·
V. Exc.
mandand()
[e
labre la Moneda
menuda
con igualdad
~da
grueífa; pues en virtud·
de dicha orden,
fe
debia entregar la Moneda me–
nuda de ·calidad que no ruvieíie pe.rdida
el
que la
labrara:
y
fiendo
corto
el
numero,
y
tiempo,
1
co–
mo
el
que ha de mediar.defde
el
prefente,
haíl:a
la
· falida del
Puerto
dd
Callao, en que fe
ha
de con–
ducir a Tierra-Firme
d
Teforo
para
Ia
celcbracion
cm
P.ortovelo de la, Feria .,
y:
mientras llegan
d~
Ef"'
paña·l
0snuev·os
mokh~s
.. ,- no
fe
·puede
hacer juici0i
deJo-s
perjuici.osque :rep.refema , ,
por
lo qual
fe po–
di-a mandar
guardar
el
De·creco dado por
el
Vir,rey,
con
pa1·.e.cer
dd
Real
Acue(do. .
~
... - ·
Dich.e· día.
8.2
En dicho .día fe
vio
efta~,R~prefethtflcia~,
Fo-1:~
59 ·6.
y
demas Papáes
cm
el
Acuetdo:
y
por _voJ<i>
con..
¡:
'
1 ·
Refolucion
"del
ful.rivo,
con que
fe
comormo
e V1rrey
, -fe
1man-·
Acuerdo, con·
do
guardar lo refuelccx ·e.n:.
2:7·
de .
dicho
Q!les ,
y·
que fe
c_onfor~
,.,
1.
rr
d
d
l
m'o
dYirrer.~
ano
, 1y: que-. Ce"cump
1.c11e -
en
to o·;,
y
por
to
'o..
e
Real Décreco,
y-queJobf\e .cfta
mate-ria no
fo
admi..,
-
tieífe reprefentacion ; porque
la Real
orde·m·
ex..,
pre!fa clararhcrite .el.fin
a
que
fe .
dirige
de
q.ue'los
>J
0
<
Corrierciamesc, de _Efpaña ,hallen en los ,reales , Y.
:,, :
~edios
reales
el
valo1r ·correfpondiente a la.
pl.at~'Jr_
•
doble:
y
fiendo eíle
de .
©8.
·reales:; lo mifmo
.de~
,
, .
1
be
r_ecibir
en .aquel ,
para
que
cdfo·_d
perjuicio,
-Y.
r'
f..
'!
que
d
Mercader
ue_,
uifi_er~
recibir.
Eºr
pe§_
la·
· ·
Mom:_da menuda que -labrare
!
lo
pueda
~
,)
.
, •,