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'.Q!ié

tos

defec~

va del mifmo Defpacho , contraldos

a

las Cafas

de

.tos que refiere

.

fi

,

"él

Defpacho de

Monedas de Mex.ico ,

y

Poto

i,

y

con refpcto

a ef-

ta

Via:fü;ferv~-

tas (que eran las unicamentc notadas de aquellos

da,fon contra1-

' -

·<losa

l~sCafas

defeétos) fe dice averíe comendo eíl:os en las Ca-fas

,i~~fi~ico'

Y ·

de Moneda de aquellos Reyn9s, abrazando en

la

. .

.

.pluralidad

el

de Mexico en quanto

a

las Monedas

.de

aquella._Cafa,

y

el

del Pcru falo en quanto

a

las

de Pot·oÚ, pues en .ninguna parte

pe

fu

contexto

(e

·hace mencion de la

'de

Lima , como ya

fe

ha toca–

do en lo antecedente.

Quei~

pmif-

5

8

3

Qpe

de efio

fe

infiere, que

la

omifsion,

b

fion,

o

malicia

malicia que

(e

eíl:raña, y

el

reparo juíl:o de que

fe

que

fe

'efiraña,

h ·

rr

r

·

d

1

r

I

· recae fobre los

uv1eue

COilLCiltI

o., ape

a,

y

recae io amente fo-

·defeltos de las

bre las falcas de ley,

y

pcfo, que

fe

reconocieron

en

· Cafas de Me-

·xico, y Potoíi,

las Monedas de las dos citadas Cafas: y afsi no fe

-y

no fobre la

puede argu'i.r de aquel principio para improbar

·el

~e ~ima.

· ·

permiífo que en

eíl:a

de Lima fe

ha

praéticado, por

-tan urgentes caufas·, y fin los dañofos efcél:os que

,en las arras

fe

han experimentado : pues mal

{e

pu–

.diera conúderar,

y

declarar, que

fe

avían cometido

·abufos tan nocivos en efta Caía de Lima, quando

por los enfayes, rexamen hechos en

fus

Monedas,

~o

rcfultaron , ni .aparecieron algunas de

cíl:a

cali-

dad.:·

y

afsi tampocp fe. pudiera reprehender

el

que

no eíl:uvieífen corregidos

,"y

caíl:igados·.

.

.

5

84

Que

aunque ·Hevando .addante··d Fifcal

el

empeño,que

juzga

fer proprio

de

·fu

oficio, dice,

que .en eíl:a: Cafa ha.fido mucho mayor

el

ddeél:o

de

~e

el feble

de

pefo

:en las Monedas,

Y"

que me;rccc mayor rigor en

los

IIJ·

pefos

ru-

punicion ; le avia de fer licito

al

Teforero negar

fue

folo en un

·

1

:r.

11.. •

Jl. •

e

'

d

marco,

y

una

aque 1Upue1L:O,

y

.eüa 1.n1erenc1a, porquot1ene e-

.º~~a, fe~un

la

.moíl:rado, qué

en .

cl'fcble que

fe

hallo{cn

'l<ls

.uni-

d1hgenc1a mas

r

·

fc '.

r

, ·

11.'

'fibl

cierra, y regla-

cos_~.U:

pe1os

;g_~~ _e:.E~~Q!l....1.f,_On!~~

_y_u__

~Plente

'daa

la~ Leyes,

que.efl:os

tuv:ieto.n

1 1i· 8~

marcos,

v

1

dos onzas

Me.-

Y

Ordenanzas;

, . , · , - - , ·

·

,.1.._

•·

·

~.

- ..! .,.

y

que las de-

mor.

n.486. a que nunca: han · llegado

las

Monedas

~::.~~ron

erro.'.'.'.

de·M.exico ,

y

·P0tofi

;:y''todas las ottas diligencias, .

co..