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A

INDICEª

A

·i;

Áptlaciono,

como

1e

han de

in.;:

terponer las apelacione'i para

la

Audieocia, Orden.

7.

tir.

2.

Jibr.

I.

2· ~

Apelaciotus,

efcritos de

apelacio..:

nes

{e

pueden prefentar

ante

qualquier

Efcrivano·,

y

Ja Au–

dienáa

lo~

reparta

con

ygu.al-

dad,

Ordeo ..

8.

ibídem.

~'

~pe!acionn,

de las

feote.ocias

de

/

recidencias

quando

fe

podran

interponer para la

A

u'diencia

y

en que cafos

han

de ir

al

Coníejo, Orden.

i

2.

ibidem¡,

AR

A

N

3

E

L.

'Ar.anzei,

que

re

ponga

en

ta Sa.;

la

de

la

Audiencia;

y

en los

Oficios de los

Efcrivanos,

Ord~

i.

2.

tit.

2.2..

libr.

I.

Aranzd,

de los

derechos

de

los

Oficiales de la Auoiendá,

~to:.

do

el

tit. 24.

de

el

libr.,

I

º

'Atanzel,

de

los

E{crivanos de Mi–

nas;

y

regifiros, todo

el

tit:,

41.

libr.

1

Á~anz~J,

de los

derechos

qtie

han

de pagar los

.Indios

todo

el

tit ~

20.

libr.

2.

y

\'eafe

la pa-

}4of'4

Derechos:.

;

'ARRENDAMIENTOS

bE.

Mí.NAS

e

Ingenios.

r:Arr~ndamiento1

'Vea}e ia

Íetra

Minas,

J'_

la letra Ingenios.

AR-CHIVO.

~rchivo

ha de

eflar

en Ja

caía

de

fa

.Audienda,

y

orde~

que

fe

ha de tener en el.

tod~

el

tit.

2.

3_•

libr

'!

I_ ~

/

•,

'

3_;

·~

8.

io.

AUDIENCIA.·

':Audiencia,

no

def

pache

Juezes

de

refidencia ni

pefquifidores

a

los Governadores

de

l ils

Pro ..

~incias

del

difirit~,

y

eo

que

cafos lo

podra

hazer. Ord.

1

3~

tic.

2.

libr.

z.

r:Audi-en·cia,

nombre

Efcrivanos

paa\

ra

las com-rsiooes

no havieo.;i

do

Receptores,

Orden.

14c:

ibidem.

-

'Á"Udimcia,

a

quien ha de

come~

ter

la reccpcion ,

y

exame11

de

los

tefiigos, Or,de n.

1

5 .:

ibídem.

Audiencia,

puede de(pachar

]uezes

con dias

y

falarios

contra los

G o vernadores

que no

dier r n

cumplimiento

a

íus

Provicio~

lles.

Ord.

1

¿.

tit.

~.

lib r.

1

. t

'iittdicncia,

guarde

las

e ~ec utorias

y

privilegios

aquteo

los tubie,:.

re;

pero

no

conofca

de caufa

de

hida

l~u

1a~

Ord.

1

8.

ibidem~.Á~rliencia,

e.Je

que caufas hade

co ~

ooce r.

Ord .

1.

20.

ibidem.

Audímcia

,

goviero.e

fa!taodo

e[

Pre<.idente,

y

haga tod.o le>

que el podía hazer. OrJ.2.) .;

ibi de m.

Audiencüi,

tenga un libro

de

cofas

<le g o vierno en que fe fii en–

ten tos

votos

de los

Oy dore s.~

Ord~

1.

tit.

3 . .l íbr ..

i.

'.Audiencia,

en que caífos

podra con

ce,der

~iceoíia

para ha·ter

re pa r ~

timíentos en los Pueblos. Ord.·

8.

tite

3.

libr.

l.

Áudi.encia'

tome cu

en

ta

a

los

fieles

executores.

Ord.

1 1.

ibidem.

Audíenci~,

puede mandar

que

le

executen

!a~

Ordenanzas

he~

chas por

las

Pr.o

viqcias

ent an•

~o

que las confit ma.

fo

~v1ageí-

t

d

~.