·-A
l·NDICE.
A
oír
a
las
partes, antes
d-e ~co
menfar
el pleyto:
y
para
que
cfeélo, ibidem Orden.
1
9.
'A.bogados,
no defcubran el
íecre~
2 .
..
to de fos partes
a
las
contra–
rias, ni aconfejea
a
ambas
en
-'. ~
un mi{mo
ple_yto
ibídem.,
Ordeaº
--2.
o.
-:Abogados,
como ·fe 'han ele
fentat
en Jos eftrados,
Orden.
21.
tít.
2..
Orden.
1.
in
fin.;
'AIGaldes Ordinarioi,
como han
efe
conocer de las cauías
cibiies,
y
criminales de
los
Oidores,
ibidem. Orden. 3
1.
y
34·
:A.lea/des
Ordinarios,
afsi
Han los
Sa ~
bados
a
las
ViÚtéiS
de las Car.:
·cdes
·con
tos Oidore-s,
y
fe
·tienten
cerca
de ellos, Orden.·
~
3·•.
tít.
rz••
libr.
t •
.2..2.
d.
tít.
&
libr.
AbagéSdoJ,
no
·nagán
preguntas
imJ
pertinentes
ro
las cattfas
·e11
'
:A.LC'A.LDE MATO
R
~6.
que abogaren,
ibidem
Ord:2?
'Abogacl()s,
firrnen de ¡fus
nombres
los poderes de fu
s pattes, .
-1'
no articulen
en
(egunc.Jainf–
tancia, los mifmos
a-r'ticulos
que
en
la primera,
o
dere–
chamente
contrarios,
Or_d.
~
3
Abogados,
no faquen
los
ptocef–
fos fuera
dd
Jugar
donde
re–
cide la
Audiencia,
libr11: 1.
tit.
1
3. Orden.
·'i
7.
Ahogadossde
Indios
fe
iDformeo
fJ
{e
les lleban mas derechos de
los
íeñalados.Ord. 8.
tic.
1
~. Iib11~
'.Ahogados,
no aboguen l{)s Bachi–
lleres, ni
(e
fienten en
eftra-
4•
dos no eftando
examinados
l
i
b
r.
1 •
ti
t.
,1 2.
O
r
deo.
2
3•
Ahvgad(J!,
fus efcribientes, no lle.
ben derechos
por
efcrivir
tti
· traíladar
peticiones, .
ibidem,
Ordeo.
2
s.
·
A
~L
B A C E
A
S.
:Albaceas
vea
fe
la
letra bienes
de
Difuotosc.
6.
'ALCALDES ORDÍNAR!OS.
.lilcaldu
OrdirMrios,
conofcan
de
las caufas
civiles
que
huvie ...
re en la Ciudad 6 Villa don ..
__
~e
re.íide
l~ Audic1u;ia.! .l~br. 1~
,Minas.
ítlcald~
Mayot4
de Minas,
'1iute
ca~
-da afio los mojones
de
las
~1i•
nas,
y pena
de
el
que
00
los
tuviere
adereffados,
y
mudar~,
Orden. 3.
tit.3.
libr.3.
;¿¡ca/de
d~
Ll1in111,
viGte las.
labn,.;
res de ellas dos vezes
al año,
y
reconozca los
puentes
que
tienen ., Orden.
1.
in media
libr. 3.
tit. )·
'illlcald~
Mayor de
Minar,
caufas
de que
puede
conocer,
y
las
que hao
de
paíldr
ante
las
de –
mas
juíl:icias
libr. 3. tit.9.0rd. r •·
Álca/Jr1
Mayo r
de
A1tna1,
lds fen–
tendas
deJ,
fe
han
de
executar
luego,
otorgando
las
apelacio–
nes para
las
Audiencias, ibi–
<lem Ord.
4.
Alcalde
de Miflas,
no
conúenta
Vdgabuod s, ni
jugadores
en
ellas
ibídem,
Orden.
1 2.
Álcaldo Mayor de Minas,
caiida ..:–
des que han de concurrir,
y a
lo que eíl
a
obligado por
raPl
zon de Oficio, ibidem
Ord.
r 3
Alcalde de Minas,
no
lleve de
re~
chos
de medidas, ni
de
poffe.
fsion de Minas def
pobladas,
ni de otras fin
citar
al
pofe.
~Jor;
Y.
lo
que
h-a
<le
hazer,
íi