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guno,

y

~n"er

tantos

aóos

gue no

pagan

tri~Ht-o

·fe

les

pudieran

quit~r

defde

luego,

y

p

o

ne r

1

os en

1

a

Cor<?

na

~ea

I

eo mo

Y

a

rrn

e o n as v a·cos,

eº·

m o fu I\'1 ,:; -

ge

ít

a

1

o m

~

n da.,

y

~

i

eñe orden ad o por

fu

s

le

y

es,

y

Pro

v

í

íi

o n

es

R-e

al es, ju n ..

1.an

dolos)

y

re<l

1ciend0Jo:;

á

Pueblos

p'ara

C]Ue

~lli

pag(!ífen

rr·ibut·os·

á

1 ~1

!VI

f1ge í1ad., corno

1

o

dexo

hecho,

y

order-.ad

o

en

lus·

.pro

vio

ci as

de nl a–

je.

rvlas

vifl:o,

y

entendido Jos

prove~hos

c¡ue reíultan de cftas Chacras 3r ..

rjba

réfcridas') ..,

ta

poca comodidad

gue

ay

par.a les

reducir a

Pueblos,

p~ra

<lue'

d-e ul

li

pn

dieff¿n

fai

ir

a

,abrar

Jase

haeras

de

E (paño

~es

¡JOr

(u aigu1ler,

por

la afpereza

de

h~

rierra,

é

porsue

avían

de

irá ocho

e

á

diez

Ieguns

tt

las

di-chas

Jcgbcres

en

algun2s

partes")

de

ciue rtdulraria no

poder

cuniegu·ir

el

efelto

-que

fu I\1a_eeílad

pretendé:

avi·endo tratado,

y

2f)!icado d1verfas

vezes ·

4·~bre

Jo que

en

materia,

y

puntos tao

irT1portantes

fe

devic.í

pro·

':-e-r.,

)

trata-dolo

aísi

tn e h110

con

ella

Real Audiené:ta: viílos

los·

parece- .

res de

cada uno,

y

a.viendo

rnandado

que

los

dichos

íenores de

las

Cha–

cr · s dieífen poder

a

tre~,

ó

quarro pe.donas de ellos con quien !e pu·

.Jiet?e tnHa1-, .Y para <jUe pidieífen

lo

que les

parecieile, de

m~ner{)

que no

1es

i

rn

pi

di e

fie

lo

'G

u e con ven

i

á proveede para el b

i

e n

de 1

os

Ind

·i

os e

f

pi–

r

i

10

al

y

temporal,

y

de los

n1if

rnos

E(pañofes,

·para

c¡ue

todos

pudieilen

v~·vir

en ias dichas Chacras con nrns (eguri·dad de íus

conciencias,

ciu~

harta a·qui han

vivido.,

y

mandandoles

dar

memorias

de los

spuntamíen–

tos

·que

yo

teniá

n-rnndaGo

hazer,yaviendoJo

ellos

co1nunicado

con los

dcmas

fo11ores

de

c·h~'<:r3s,

y

prefentado

ante

mi

un

rnemori ~ l

de

Jo

que

pcd ian ,

é

·por mi

viílo pro\iey

lo ciue me

parece

mas

ordinario,

y

ne·

ceUario. Ordeno,

y

mando

lo

figuiente. ·

,

·

Orden.

1.

·Que ¡e· hagan lg-!t/itfr,, )'ca-

cerdor-e

d~lia

diga dos Miffis,

a

las

fas de

Sacerdotes

para dotrinar,}'

<]Uafes

vengan

los

de las

Chacras

co–

dezir lvliffe

á

los

1:"auaconas;

y

á

marcanas.,

unos

a

Ja

una,

y

otros

á

cuya

c~fla

{e

hlln

de

hazer.

b

etra.

Mando, que eílas lg-lefias

1

o

primero,

que

para

que los di .!

(e

hagan

a

coila

de

los

dueñ \.1 5

de

--' chos

Yanaconas

(ean

n1cjor

do-

las

dichas

Chacras,

ayudando

ios

tr inados,

fe ·hagan Igfelias,

y

caías

de

Yan

aconas,

y

los

dernas Ir.dios

que

S ace rd otes en

las

partes,

y

Jugares

q

huviercn

de

(er dotrinados

en ellas.,

por mi !e

feran

fcfiaJados,

donde con

y

en Ja

parte

que

ene

pareciere

ne–

mayor comodidad

puedan

acudir

los

ceíTaria,

ayudar~

fu l\1age!1ad aJ edi- ·.

dichos Yanacon as,

y

íus mugeres e

ficio

dellas: las ctuales dichas

lgle–

h ijos'

á

oir

lVIi

ffa,

y

(cr

do

trina

dos

to-

fias,

y

cafus de Jos Curas fe han

de

dos los

Do

mí ngos,

y

di as de fiefia

q

hazer

dentro

de .fe is me

fes

prim~ros

-

el Obifpo,

ó

e f

Cabildo Sedevscanre

íiguicnte5

de la

pub l icacion

defta

crdenare;

y

donde

huviere

neceísi-

provifion, íopena·

de

mil pe!os ..

<:Í

dad, por

la

di

íl

a

ne

i

a

de

l

2 5

C b aeras.,

fo

Ja

s

pe

don

as

p

0

r quien

que

da·r

e ,. de .

.l

ha

g

~

n en u n a

rn

i

frn a . d o

t

r

i

n a,

é

Par -

lo

a

(si

haz

e

r,

y

e u m

p

1

i

r,

y

q

ne el

roquia dos Iglefias,

para

que

el

Sa , Juez de

Jos

Naturales

les

con~-

'

peia