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APÉNDICES.

j/.pla

de la instalacion de la Junta

Superior

de Galicia,

N1'.i

m.

0

1.

0 ,

pág.

.:q,

>>EL PUEBLO de esta Capita l si guiendo los generosos

sentimi entos de los habi tan tes de este fi delí imo Reyno,

que desean con ansia mejorar de suer te

y

ev itar su rui–

na

y

la de la Nacion,

á

que presurosamente nos

ib~

conduciendo

la

ignor ancia

ó

perversi dad de los Ministros

del Rey, en quienes estuvo depositado el Gobierno de

la

Espa iia~

ha tomado la resolucion firmísima de armar–

se en ma a,

y

de crear un Gobi erno provisional

aco~

modado

ú

las circunstancías dO! e t<::

impulso, compuesto

de hombres de lnces

y

probidad, adictos

::í

los verdaderos

intere es de la Patria

y

del mismo Rey, con el. fin

ele

que le dirija en sus just o designios hasta salvar

á

la

ra–

ci0n del estado dec_adente

y

opresivo en que se encuen–

tra, r estituyéndola la prosperidad de

que

se le ha pri-

ado. E n consecuencia reasumiendo

el

PUEBLO us

p6miti os derechos, nombra por miembros del GopieP.,

no , al E ·cmo. Sr. D. Pedro Agar , D. Felix Acevedo,

D.

José faria del Busto, Ma rques de Valladares , D.

la–

nu el Lat re, D. Carlos Espinosa, D. J oaquin Freire, D.

E ·tan islao Petiafiel

y

D. Ju an An tonio de la Vega, en

quienes cede todas las facul tades necesar ias

á

consti Luir

la plE¡nitud del poder sin limitacion

algnn ~,

mi en tras la

Nac ion reun ida en Cor tes no establezca otra cosa, si endo

]a esp l'e a voluntad del P ueblo

rp1

todas las

utoridatles

Ci vi les, 1ili tare

y

Eclesiásticas, Con rnn i<lacle:

y

Corpo–

r acionc ,

y

demas personas qne resi dan dentro

ele

los

límites de es te Reyno) reconozcan

y

obedezcan

á

es ~