APÉNDICES.
j/.pla
de la instalacion de la Junta
Superior
de Galicia,
N1'.i
m.
0
1.
0 ,
pág.
.:q,
>>EL PUEBLO de esta Capita l si guiendo los generosos
sentimi entos de los habi tan tes de este fi delí imo Reyno,
que desean con ansia mejorar de suer te
y
ev itar su rui–
na
y
la de la Nacion,
á
que presurosamente nos
ib~
conduciendo
la
ignor ancia
ó
perversi dad de los Ministros
del Rey, en quienes estuvo depositado el Gobierno de
la
Espa iia~
ha tomado la resolucion firmísima de armar–
se en ma a,
y
de crear un Gobi erno provisional
aco~
modado
ú
las circunstancías dO! e t<::
impulso, compuesto
de hombres de lnces
y
probidad, adictos
::í
los verdaderos
intere es de la Patria
y
del mismo Rey, con el. fin
ele
que le dirija en sus just o designios hasta salvar
á
la
ra–
ci0n del estado dec_adente
y
opresivo en que se encuen–
tra, r estituyéndola la prosperidad de
que
se le ha pri-
ado. E n consecuencia reasumiendo
el
PUEBLO us
p6miti os derechos, nombra por miembros del GopieP.,
no , al E ·cmo. Sr. D. Pedro Agar , D. Felix Acevedo,
D.
José faria del Busto, Ma rques de Valladares , D.
la–
nu el Lat re, D. Carlos Espinosa, D. J oaquin Freire, D.
E ·tan islao Petiafiel
y
D. Ju an An tonio de la Vega, en
quienes cede todas las facul tades necesar ias
á
consti Luir
la plE¡nitud del poder sin limitacion
algnn ~,
mi en tras la
Nac ion reun ida en Cor tes no establezca otra cosa, si endo
]a esp l'e a voluntad del P ueblo
rp1
todas las
utoridatles
Ci vi les, 1ili tare
y
Eclesiásticas, Con rnn i<lacle:
y
Corpo–
r acionc ,
y
demas personas qne resi dan dentro
ele
los
límites de es te Reyno) reconozcan
y
obedezcan
á
es ~