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-276-

Registm Oficial [Nacional] de la República Argentina que com–

prende los documentos espedidos desde 1810 hasta 1873,

t.

I,

1810

á

1821,

pp.

115

y

116,

n.

0

240,

Buenos Aires,

1879,

reproduce los textos en español y quichua.

BARTOLOMÉ MITRE,

Museo Mitre, Catálogo razonado de la sección

lenguas americanas, con una introducción de

Lurs

MARÍA

To–

RRES,

t .

II,

p.

185,

n.

0

8,

Buenos Aires,

1910,

enumeración

bibliográfica, con un breve extracto.

RICARDO RoJAs,

Historia de la literatura argentina, Ensayo filo–

sófico sobre la evolución de la cultura en el Plata,

t . II,

Los colo–

niales,

p.

549,

fig.

104,

Buenos Aires,

1918,

reproduce en fac–

simil, algo reducido, la primera página ele la pieza descripta.

3.-

Decreto.

«La Asamblea general sanciona el decreto expedido por

la Junta Provisional Gubernativa de estas provincias

en

1.

0

de septiembre de

1811,

relativo a la extincion del

tributo, y ademas derogada la mita, las encomiendas, el

yanaconazgo y el servicio personal de los indios baxo todo

respecto y sin exceptuar aun el que prestan á las iglesias

y sus parrocos ó ministros, siendo la voluntad de esta

Soberana corporacion el que del mismo modo se les haya

y tenga á los mencionados indios de todas las Provincias

unidas por hombres perfectamente libres, y en igualdad

de derechos á todos los demas ciudadanos que las pueblan,

debiendo imp1·imirse y publicarse este Soberano decreto en

todos los pueblos de las mencionadas Provincias, t raducien–

dose al efecto fielmente en los idiomas Guarani, Quechua

y

Aymará, para la comun inteligencia.

=

Firmado.

=

Dr.

Tomas Valle,

presidente.

=

Hi polito Vieytes,

secretario>.