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Registm Oficial [Nacional] de la República Argentina que com–
prende los documentos espedidos desde 1810 hasta 1873,
t.
I,
1810
á
1821,
pp.
115
y
116,
n.
0
240,
Buenos Aires,
1879,
reproduce los textos en español y quichua.
BARTOLOMÉ MITRE,
Museo Mitre, Catálogo razonado de la sección
lenguas americanas, con una introducción de
Lurs
MARÍA
To–
RRES,
t .
II,
p.
185,
n.
0
8,
Buenos Aires,
1910,
enumeración
bibliográfica, con un breve extracto.
RICARDO RoJAs,
Historia de la literatura argentina, Ensayo filo–
sófico sobre la evolución de la cultura en el Plata,
t . II,
Los colo–
niales,
p.
549,
fig.
104,
Buenos Aires,
1918,
reproduce en fac–
simil, algo reducido, la primera página ele la pieza descripta.
3.-
Decreto.
«La Asamblea general sanciona el decreto expedido por
la Junta Provisional Gubernativa de estas provincias
en
1.
0
de septiembre de
1811,
relativo a la extincion del
tributo, y ademas derogada la mita, las encomiendas, el
yanaconazgo y el servicio personal de los indios baxo todo
respecto y sin exceptuar aun el que prestan á las iglesias
y sus parrocos ó ministros, siendo la voluntad de esta
Soberana corporacion el que del mismo modo se les haya
y tenga á los mencionados indios de todas las Provincias
unidas por hombres perfectamente libres, y en igualdad
de derechos á todos los demas ciudadanos que las pueblan,
debiendo imp1·imirse y publicarse este Soberano decreto en
todos los pueblos de las mencionadas Provincias, t raducien–
dose al efecto fielmente en los idiomas Guarani, Quechua
y
Aymará, para la comun inteligencia.
=
Firmado.
=
Dr.
Tomas Valle,
presidente.
=
Hi polito Vieytes,
secretario>.