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El texto en· español se reprodujo en
Gazeta Extmordinaria de
BtLenos-Ayres,
martes 10 de setiembre de 1811, pp. 659 a 661
(ed. facsim.,
pp. 731 a 733) de donde fué tomado por AuRELIO
PRADO
Y
RoJAS,
L eyes y decretos promulgados en la Provincia
de Buenos AiTes desde 1810 d 1876, Recopilados y conc01·dados
por...,
t.
I,
pp. 97 a 99, n.
0
52, Buenos Aires, 1877. .
Para nuestros fines bibliográficos es importante el segundo
apartado de la resolución de la Junta, en el que ordena, .que
«se publique por bando en todas las capitales y pueblos cabe–
zeras de partidos de las provincias interiores, y cese en el acto
toda
ex~ccion
desde aquel día: á cuyo fin se imprima inmedia–
tamente el suficiente número de exemplares en Castellano, y
Quichua, y se remitan con las re[s]pectivas ordenes á las Juntas
Provinciales, subdelegados, y ciernas justicias á quienes deba
tocar>> .
Debe hacerse distingo entre el texto en español, reproducido
en la
Gazeta,
y la publicación del
bando,
en español y quichua,
que hemos anotado.
Se trata de la supresión del tributo que pagaban los indigenas,
decretada por la Junta Provisional Gubernativa de las Pro–
vincias Unidas del Rio de la Plata con fecha 1.
0
de septiembre
de 1811.
La idea que hizo producir este decreto no debe buscarse
únicamente en las consecuencias de la gran revolución francesa
con sus teorias de «liberté, égalité, fraternité»; habrá sido tam–
bién la intención de ganarse las simpatias de los indigenas con–
t ra los españoles peninsulares y debilitar, directa e indirecta–
mente, la posición de estos últimos.
El impreso descripto, se relaciona con el n.o 3.
A[NTONIO]. ZINNY,
Bibliografia histórica, etc. , cit.,
p.
64, n°.
27,
reseña bibliográfica con un breve extracto.
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