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JOSE MEJI'°' VALF;R:A

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timo, de acuerdo con el .Derecho Consuetudinario. La pro–

puesta era aceptada

y

se sometía al candidato a una serie de

pruebas eliminatorias que déil.ban como consecuencia

el

dis–

cernimiento de su capacidad para gobernante.

Si

era

de·

sechado, proponía el curaca a otro pariente próximo, hábil

rJara heredar generalm·ente a su hermano, a falta de otros

hijos dispuéstos o impedidos a concursar por faltarles el re–

quisito de edad. En este último caso, el hermano del falleci–

do detentaba el cargo mientras viviera

y,

antes de su muer–

te,

debía proponer a su sobrino que dejó de presentarse al

concurso. Si éste no reunía las condiciones requeridas por,

la sociedad toda,

y

a falta de otros parientes hábiles

y

ca–

paces, el cargo pasaba a manos del

Yanapa~ue,

trocándose

a sí el privilegio en una situación de desventaja, debido a la

falta de candidatos capaces, ante la comprensión del Conse–

jo, para mantenerse en un plano superior

y

eterno. ( 19).

( 19) Cieza de

León.

-Crónica General, etc. , Oh . cit., Cap.

XLIX: (Prov. de

Puer~o

· Viejo, Quito), "Heredan en el se–

ñorío, que es mando sobre los indios, el hijo del padre, y si

no el segundo hermano; y faltando estos (conforme a la re–

lación que a mí ·me dieron), viene el hijo ·de la hermana".

'Las

Casas.-La:s

Antiguas Gentes, etc., Oh. cit., Cap. XIV,

p . 75 :

"La

costumbre y ley que tenían de suceder en los e&–

tados y Señoríos era: que cuando el señor se veía viejo ·y

cercano por naturaleza o por enfermedad a la muertP.-, ponía

los ojos en el hijo que para la gobernación .del pueblo y bien

de los súbditos le parecía,

y

'si ·no hijo que fuera ya hombre

y para regir ·dispuesto, consideraba un hermano suyo o otro

pariente, el mas cercano, si de hermanos carecía; y finalmen–

te, si no tenía parientes nombraba otra persona que, consi–

deradas muchas, escogía, que tuviese prudencia para regir o

procurar la utilidad del pueblo y a él fuese

agrad~cido

.

Es–

te así, dentro de sí elegido y por tal conocido, enconiendá–

bale para proballo cosas del gobierno . Enviábalo c<Y" nego-

I