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R. CÚNEO - VIDAL
dual,
correspondiente a los derechos
y
acción de
un
individuo
,
.
umco.
Las nociones, familiares entre nosotros, de
individuos
e
indi–
vidualidad,
no rezaron con el antiguo pueblo peruano, dentro de
cuya organización no
contó
1
el individuo, como person.<3ro de urua
determinada misión individual,
sino
el aillo,
o en otras palabras,
'
~l
conjunto de muchos individuos consanguíneos, brotados de un
eomún abolengo y colocados en determinadas situaciones de pri–
vilegio.
Dentro de la peculiar organización: aillal que decimos, que ya
podríamos comparar a la de una densa
colmena humana,
la
abeja–
hombre
no invistió personalidad, ni ejerció derechos,
ni
cumplió
deberes
de índole individual.
Cumpliólos y ejerciólos 1a
colmena-aillo.
Tan entrañable fué aquello, que se dan en la gramática que–
chua
dos formas de plural:
el plural
restringido,
que reza con las
contadas pelí'sona:s
ne
ablan y escuchan,
y
el plural
aillal,
el
cual reza con la.s
p
SOJf.
.s todas pertenecientes a un aillo deter–
minado.
Cuando el
ID,@narc~
uropeo
dé
nuestros días, hablando por sí,
hace uso de la fórmula
nos,,
como en la frase "nos el rey", em–
plea uno a modo de
plural aillal
incaico.
No existe en la lengua quechua. una palabra que exprese al
pie de la letra lo que la palabra europea
monarca,
en su sentido
castizo de·
única
persona encargada del gobierno de una nación.
1
nga,
ya. lo hemos dicho, no tuvo más valor que
"orejón"?
ni orejón más valor que "individuo comprendido en uno de los
aillos dinásticos
que por sus turnos gobernaron el imperio".
Los nombres Manco Capac, Sinchi Roca, Lloque Yupanqui y
los nombres restantes de las genealogías incafras conocidas, han
debido corresponder, de consiguiente, a
aillos dinásticos
o si se
quiere, a
dinastías
propiamente organizadas:
Y aquí conviene expresar otro
canon
de la sociología andina,
en el sentido de que dentro del titulado
comunismo peruano
hubo
propiedad intangible
e"
inviolable, que el mismo "soberano" no
ha-