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GUERRA
hombres de
á
caballo, é vuestro capellan,
é
un
secretario,
é
un maestresala,
é
cuatro pajes; é ántes que llegueis
á
este
asiento me hareis saber vuestra venida, para que yo provea
lo que convenga al servicio de füos
y
de S. M., é bien é paz
destos reinos.
É
mando al honrado capitan Gonzalo Pizarro,
é
á
todos los otros capitanes de vuestro real é <lesa ciudad, que
se estén en esa dicha ciudad de Los Reyes con toda Ja otra
gente,
é
no sa_lgan della, so pena
á
cada uno dellos de diez
mil pesos de oro ·para la Cámara de S.
.M..,
é
que vos el dicho
Gobernador no consintais salir nengunas gentes, de nenguna
calidad ni condicion que sea, ni pasen dos leguas desa ciudad
para acá. Lo cual
é
cada una cosa de las susodichas os mando
á
vos el dicho señor Gobernador que así hagais
é
cumplais,
so pena de doscientos mil pesos de oro para la Cámara
é
fisco
de S. M., en la cual dicha pena, lo contrario haciendo, desde
agora
VOS
doy por condenado,
e
SO
pena de privacion
é
SUS–
pension de oficio de Gobernador
é
capitan general, del cual
no podais usar hasta tanto que S.
M.
otra cosa mande.
É
mando
á
cualquier escribano que para esto fuere llamado
que os lo notifique, so pena de dós mil pesos de oro para la
Cámara de S. M. Fecho en el pueblo de Mala á
nu~ve
días de
oviembre de mil
é
quinientos
é
treinta
é
siete añosi> .
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,..
El otro mandamiento decia así:
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«Fray Francisco de Bobadilla, vicario provincial de la Ór-
/
~
r
.
den de Nuestra Señora 'de la Merced,
é
juez árbitro de comi–
sion entre los Gobernadores D. Francisco Pizarro
é.
D.
Diego
de Almagro; por cuanto tengo necesidad de me informar de
vos, los Gobernadores ya nombrados, de ciertas cosas cumpli–
deras al servicio de Dios
é
de S.M.,
é
para que os halleis pre–
sente
á
la declaracion
é
determinacion que tengo de dar so–
bre la paz
é
concordia ; por tanto, por la presente mando á
vos el Adelantado D. Diego de Almagro, Gobernador
é
capitan
general del nuevo reino de Toledo por S. M., que visto este mi
mandamiento, desde el día que se notificare en tercero día
primero siguiente, parezcais ante mí en este asiento de Mala
donde al presente estoy, para definir los límites é cosas destas