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DE LAS SALINAS.

221

que

~1

Gobernador

n.

Francisco Pizarro lo pueda impedir,

ni otra persona, pues todos son vasallos de S. M».

«Otrosí; pqr cuanto al presente tienen sus ejércitos

á

punto

de guerra, así ·el dicho Gobernador D. Francisco Pizarro como

-el dicho D. Diego de Almagro, los cuales ejércitos tienen por

razon de las oiferencias de sus límites,

é

pues que S. M., por

su Real provision, manda que cada uno esté en lo que hobiere ·

conquistado é pacificado, mando que, de la dada de esta sen–

ten_cia en

quin~e

días, los dichos Gobernadores deshagan los

dichos ejércitos, é los empleen

é

envíen

á

pacific~r,

é

qon–

quistar,

é

poblar la tierra, é apaciguar el Inga ; los cuales

ejércitos vayan cada uno por

aq~ellas

partes que entienda

pertenecerle, despues que venga la declaracion de los pilo–

tos ,

é

ninguno dellos no tenga consigo más gente de aquella

que fuere necesario para guarda del lugar é real donde estu–

viere, porque esto es lo que conviene al servicio de Dios

é

de

S. M.,

é

al bien de estos reinos, pues agora hay tiempo para

se pacificar toda la tierra por la mucha pujanza de gente

é

armas que hay» .

.«Otrosí;_ por cuanto el dicho D. Diego de Almagro está en el

caciqueó valle de Chincha, donde están los repartimientos

que están encomendados

á

los vecinos de la ciudad de Los

Reyes, é de su estada allí viene muy gran perjuicio

á

la dicha

ciudad

é

vecinos de ella; por ende, mando que el dicho Don

Diego d·e Almagro

é

su gente se retire

é

retraiga al valle

é

cacique de La Nasca, dentro de nueve dias despues de la

data de esta mi sentencia primeros siguientes, é no

_ pa~e

del.

valle de lea para :;¡cá, la vía de la ciudad de Los Reyes, ni sus

provincias, pues en este valle é sus comarcas hay muchos

mantenimientos para la gente, é mucha tierra para ir

á

paci–

ficar, hasta tanto que la declaracion de los dichos pilotos, ó su

Majestad otra cosa mande;

é

qus el dicho Gobernador Don

Francisco Pizarro se esté en la ciudad de Los Reyes

é

no pase

él ni sus gentes del valle de Lima é Caxca, é Guay tara, la vía

de la dicha Nasca, hasta tanto que venga la dicha declaracion

de los dichos pilotos, ó S. M. otra cosa mande».