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,
Res.
y
Exp. del Lib.
II.
(fe
laRec.
que por delito público en lo
tan,
nitc; nin~qnag
C>tras no
Criminal quieren conocer, ó
-al:bstumbrada's idar,.6 prohíbi·
bien procediendo de ofi!:io ,
y
das por las Ordenanias de las
dando Comision,
lS
avocándo-
Audiencias
O
r
5).
Ni niogun
se lo que •eu. su Juri ·diccion •Juez .de ellas- p!lede recibir
_h ubiese la Ja ricia Ordinaria
.caucjoo de indemnidadr de
lá
incoaclo , ménbs• en aqueHl!lS
'Parte •por .qtrien ha de dar
Ja
en que el Consejo.Supremd to" Sentencia \ so peda po11 cada
mase el conocimiento , como vez que lo hiciere de cien rea·
en los de Residencias ,
•Y
pes-
les de plata. (
16).
Ni ser
Abo'–
quisas que las .pued'e
prove~r
gados, ni Arbitras, ni Asesa'–
siempte
ci.ueconvenga •al'Real
11es
en Oiusas
Eclesiás~icas
Servicio
(111)'
y
(12).
Quáles
(17). Ni
v.otar 'Pleyto en que
sean casos de Corte ,
y
su
haya.o sido Abogados, ni ser–
práctica , puede verse en el
lo
aunque no tengan ·voto en
Tom.
1.
Cap.
3~
núm.
137.
los que pe¡¡dieren ·en la
- A~-
160
l:os -Presidentes , •'y
diencia ;
y
aunque para ab())–
Oidcir.esde¡ las Chanc1llerías, "ga( tengan Real Cedula de S.
yAudiencias determinan en
M.
( 18).
los Pleytos segun procede de
161
'1.osPleytos de · los
Jusf<iuia,
y
au:nque sea el pun-
i()idores~
éfe sus hijos ,
y
yer–
to dudoso ,, ' intnncado, no
nos , no se ven en las Salas
puede¡¡ compeler
á
Jos Liti-
donde ellos
~sisteni,
ni 'Se ac–
!!antes á que se comprometan,
tuan por EscrlbanOti que ·sean
sin colisulrarlo á S.
M.
con los
.deudos .de Jos Actores:
Y
las
votos de
Josique.toviéron,
y
Jusücias de
los
Pueblos <ieben
Causas que les mueve
( 13).
cuidar -de que en sus Juzga–
cl~ i
Mrrtpoeo dar
íI'>ino~
;,ó
Cu-
,dos .,no se !admita
D~manda,
rador ' para su1
pemma ~
-y
bi~-
ó
'Pleyto por ante Escríba-
nes,
ó
pa~a
litigar
á
algun no, que
~ea hermano~
ó
·pri–
Grande sin consu tarlo prime- mo ·her,ma._no .del que la •po•
ro ( r4)1> Ni Cartas_-: ni Provi.-
ne
U9).
1
siones de esperar á!Deúdores,
J
62
ll.os.t Oidores no cd,.
mi alzar Destierros'Sino es•por nacen de >las Oausas Griminá•
Sentencia entre partes con cog·
les, por perttmecer <Pfivativa–
oicion de Causa, oi las de se. mente á Ja Sala ,
y
Alcaldes
guro á personas que no liti-
del!Crímen, qµe son los que
de