de las cosas notnbles.
405
Relatores de los Consejos y Audien-
Residencias, ni Fianzas, no las dan
cias , sus derechos
y
obligaciones,
los Interinos,
l.
3. t. 7. n. 236.
l.
o.
t. 17. n.
SS?·
al
591.
Residencias, su Memorial Ajustado
Relatores, deben hacer los Memo-
le deben hacer los Relatores,
l.
3•
riales Ajustado• de las Comisio-
t.
7.
n. 23$·
nes,
l.
2.
t.
22.
n. 693.
Retencion de Cédulas y Gracias, se
Relatores, cómo se proveen sus
em-
hace en el Consejo ,
l.
2.
t.
4.
pleos ,
l.
2.
t.
4.
n.
68.
n. 111.
RelatQres, su asistencia
y
juramen-
Reversion , los Pleytos de su natu-
to al Consejo ,
l.
2.
t.
4.
n.
24.
raleza se ven en el Consejo , l.
2.
y
29.
t.
4.
n.
109.
Renuncias, de qué y cómo se pueden Rondas , cómo se da el Testimonio,
hacer,
l.
2.
t.
20.
n. 666.
de las que se hacen de noche,
Reos de muerte indultados , cómo
l.
2.
t.
6.
n. 277.
se les asiste, l.
2.
t.
6.
n.
348.
Reos , cómo se les pueden minorar
sus penas ,
l.
2.
t.
6.
n.
349·
Reos que fingen demencia, l.
2.
t.
6.
n. 35
t.
Reos prófugos ó ausentes , no se les
admite
d<~
nsa por fOdcr, l. •·
t.
7.
n.
381.
Reos presos ,
c~mo
se
'en us Plcy–
tos ,
l.
:¡,,
t.
7.
n,
8 •
Repartimiento~ ,
qll<Íle puetlen ha–
cerse en los Pueblos, y quáles,_no,
l.
3.
t.
6.
n.
189.
Representaciones, cómo se d·eben ha·
cer
á
S.
M.
l.
2.
t.
2_
n. 13.
Residencias, cómo se tomaban en le>
antiguo,
y
se
toman
actualmen·
te,
l.
3.
t.
7. n. 204.
al
239.
Residencias de Sefiorío, se apelan
á
las Chancillerias, l.
2.
t.
S· n.
196.
Residencias de Señorío , sus Proee–
sos adonde se remiten, l.
3.
t. 7.
o.
233.
1
Residencias , por quié'n se toman en
Tenerifo, l.
3.
t.
2.
n.
92·.
Residencias , cómo se ven
y
senten–
cian,
l.
o.
t.
4.
n.
46. 4!L
y
S4•
Residencias , en quámas Salas pue–
den v.etse, l, "'· t, 4. n .. 113.
s
S
Aia de Gobierno, los Seáores de
ella tienen la correspondtncia
i:le
los Partidos,
l.
o.
t.
4.
n.
?2·
Sala de Gobierno, quándo despacha
de Justicia,
l.
2.
t.
4.
n.
77.
y
83.
SaTa de Justicia, aómo ve los Pley–
~os comenzado~
de
no
año para
otro, l.
2.
t.
4. n.
7J·
Sala entera, qué es,
l.
2.
t.
5. n. 2oz.
Sala de Alcaldes, su Jurisdiccion
en las cinco leguas, 1.2. t.6. n»73.
Sala de Alcaldes, quién nombra sus
Comisionados para fuera de la Cor–
te,
l.
2.
t.
6.
o.
2
5
9.
Sala de Alcaldes, dividida en
do~,
l.
2.
t.
6.
n.
306.
Sala de Apelaciones, en lugar
de
la que ántes
se
llamaba Saleta,
r.
2>
t.
6.· n.
290.
Sal.a de Apelaciones , su principio._
]. 2,
t.
6.
R.
241.
Salas del C>imen de las Chancille–
r.ías , su Jurisdiccion,
l. •·
t. 7.
A.
377·
al
388.
Salas de Hijos-dalgo, su nueva erec•
cion
en
Salas
óü
Crímen
1
l.
2.