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de las cosas notnbles.

405

Relatores de los Consejos y Audien-

Residencias, ni Fianzas, no las dan

cias , sus derechos

y

obligaciones,

los Interinos,

l.

3. t. 7. n. 236.

l.

o.

t. 17. n.

SS?·

al

591.

Residencias, su Memorial Ajustado

Relatores, deben hacer los Memo-

le deben hacer los Relatores,

l.

3•

riales Ajustado• de las Comisio-

t.

7.

n. 23$·

nes,

l.

2.

t.

22.

n. 693.

Retencion de Cédulas y Gracias, se

Relatores, cómo se proveen sus

em-

hace en el Consejo ,

l.

2.

t.

4.

pleos ,

l.

2.

t.

4.

n.

68.

n. 111.

RelatQres, su asistencia

y

juramen-

Reversion , los Pleytos de su natu-

to al Consejo ,

l.

2.

t.

4.

n.

24.

raleza se ven en el Consejo , l.

2.

y

29.

t.

4.

n.

109.

Renuncias, de qué y cómo se pueden Rondas , cómo se da el Testimonio,

hacer,

l.

2.

t.

20.

n. 666.

de las que se hacen de noche,

Reos de muerte indultados , cómo

l.

2.

t.

6.

n. 277.

se les asiste, l.

2.

t.

6.

n.

348.

Reos , cómo se les pueden minorar

sus penas ,

l.

2.

t.

6.

n.

349·

Reos que fingen demencia, l.

2.

t.

6.

n. 35

t.

Reos prófugos ó ausentes , no se les

admite

d<~

nsa por fOdcr, l. •·

t.

7.

n.

381.

Reos presos ,

c~mo

se

'en us Plcy–

tos ,

l.

:¡,,

t.

7.

n,

8 •

Repartimiento~ ,

qll<Íle puetlen ha–

cerse en los Pueblos, y quáles,_no,

l.

3.

t.

6.

n.

189.

Representaciones, cómo se d·eben ha·

cer

á

S.

M.

l.

2.

t.

2_

n. 13.

Residencias, cómo se tomaban en le>

antiguo,

y

se

toman

actualmen·

te,

l.

3.

t.

7. n. 204.

al

239.

Residencias de Sefiorío, se apelan

á

las Chancillerias, l.

2.

t.

S· n.

196.

Residencias de Señorío , sus Proee–

sos adonde se remiten, l.

3.

t. 7.

o.

233.

1

Residencias , por quié'n se toman en

Tenerifo, l.

3.

t.

2.

n.

92·.

Residencias , cómo se ven

y

senten–

cian,

l.

o.

t.

4.

n.

46. 4!L

y

S4•

Residencias , en quámas Salas pue–

den v.etse, l, "'· t, 4. n .. 113.

s

S

Aia de Gobierno, los Seáores de

ella tienen la correspondtncia

i:le

los Partidos,

l.

o.

t.

4.

n.

?2·

Sala de Gobierno, quándo despacha

de Justicia,

l.

2.

t.

4.

n.

77.

y

83.

SaTa de Justicia, aómo ve los Pley–

~os comenzado~

de

no

año para

otro, l.

2.

t.

4. n.

7J·

Sala entera, qué es,

l.

2.

t.

5. n. 2oz.

Sala de Alcaldes, su Jurisdiccion

en las cinco leguas, 1.2. t.6. n»73.

Sala de Alcaldes, quién nombra sus

Comisionados para fuera de la Cor–

te,

l.

2.

t.

6.

o.

2

5

9.

Sala de Alcaldes, dividida en

do~,

l.

2.

t.

6.

n.

306.

Sala de Apelaciones, en lugar

de

la que ántes

se

llamaba Saleta,

r.

2>

t.

6.· n.

290.

Sal.a de Apelaciones , su principio._

]. 2,

t.

6.

R.

241.

Salas del C>imen de las Chancille–

r.ías , su Jurisdiccion,

l. •·

t. 7.

A.

377·

al

388.

Salas de Hijos-dalgo, su nueva erec•

cion

en

Salas

óü

Crímen

1

l.

2.