Tít. IV. Del Consejo del Rey.
9
se Arzobispo Obispo , Du-
dia de fiesta de guardar, 6 si
que, 6 Conde',
ó
Maestre de
fuere tal caso que l?s Señores
Orden, que todos son del Con-
ConsejeTos
entendt~s~n
que
sejo, 6 algun Caballero Letra-
cumplia al Real Scrv1c10 el sa–
do, con Título del Consejo,
lir
(9).
se les da asiento miéntras ha-
26 Los Despachos,
y
gra·
blan en aquello, por lo qua! se
cias que se firman,
y
proveen
les dió la entrada;
y
concluí-
por la Real Persona, son los
do , se salen sin ver , ni oír Oficios de la Casa Real, limos–
otros negocios que no sean su-
nas de cada dia, mercedes ,
y
yos (4).
las de Juro de heredad de por
24
Juran los Señores del
vida , tierras , tenencias, per–
éonsejo aconsejar bien , se-
dones, legitimaciones, sacas,
gun les dictare su conciencia, mantenimientos de Embaxa–
y
entendimiento,
y
guardar
dores, que hayan de ir fuera
secreto en Jo acordado: Tam-
del Rey no, Ofi\:ios de Ciuda–
bien este juramento de reser-
des, Villas,
y
Lugares, Nota–
var la resolucion del Consc·o
ilías nuevas , Pretensiones de
hasta que se publique;, e ha-
Prel-ados, Patronazgos, Cape–
cen los Relatores(5). Para vo•
llanías~Sacristanfas ,
Corregi–
tar estan solo sin Relator, ni
dores,
y
Pesquisidores cnn sus–
Escribano,
y
empieza e mas
pe11 ion de Oficio · pero si en
nuevo (6). Habiendo dise:ordia
el Consejo acerca de alguna
en los votos se determina por
eosa.deéstas se diese
p~ti<iioo,
la mayor parte, y todos lo
fir.
ó queja, conoce de
ell~ ,
la
man (7). Quando se delibera
examina,
y
consulta
á
S.M. Jo
un punto árduo,
ó
de Ernbaxa-
que mas coa viene (
10).
?or,
6 de tratos ,
ó
negocio
'l7 En las cosas que tocan
á
importante, se queda escrito
perjuicio d,e Partes se conoée,
en el Libro de Registro del
y provee en el Consejo ,
y
no
Cons:jo por el Escribano, 6
en la Cáma ra;
y
quando se ex–
Pcrsonasá quien toca la exten-
piden al gunas Cédulas en co–
sion de tales acuerdos (8).
sas de Justicia,
y
la Pa1 te in -
25
El Consejo no sale
á
terpone súplica, no se despa–
reci bir al Rey,ni á otra Perso.
cha Sobre Cédu la hasta ser
na de qualquier estado,
y
con-
vista en el Consejo ( r r\.
dicion que sea, salvo si fuese
::i8 Este Supremo Tribuna l
Tom. V l.
B
re-