Tít. Ill de
la
Audiencia de Canaria.
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,la mas rigorosa
y
severa pro–
,videncia, en cast igo del abu–
,~o
que hiciesen de sus facul.
,tades. Y por éste así lo acor–
,dá ron, mandáron
y
rubricá–
,ron en Acuerdo General,
,que celebráron en dicho dia,
,de que doy fe Don Joseph
, Antnnio Penichet.• A con–
seqüeocia de
lo · prevenido
en este Auto Acordado, dis–
pu so
la Audiencia se noti–
ficase á los Pa trones de Bu–
cos de aquella Isla ,
y
por
providencia posterior se
les
mandó ,
c;¡ue acordasen
y
propusiesen
los medios que
juzgasen mas pr porcionados
•Y
oportunos para su cum¡¡li–
rniento ,
lo qu
-con efecto
cxecutáron dichos
atr1.lnes,
proponie ndo
iaL
mismo 1Lm–
,po las dudas que se les ofre–
cía ,
y
sobre cada una de
ellas
recayó
la correspon–
dien te r esolucion
y
declara–
éion de la A udiencia , qu·e
uno
y
otro es en la forma si–
guiente : , Muy
Ilustres Se–
,ñores, Luis Navarro, J uª n
,Lorenzo,
y
J uan Cabral Pla–
;ceres , por nosotros ,
y
de~
,ma ~
Dueños , y Patronfs de
,los Bucos de esca Isla , des–
,ti
nados
á
el tráfico de la Pes·
,ca en la Costa de Africa , en
,el Expedknte sobre la prác-
,tica del Auto acordado
de
,la Sala , sobre que se redoz·
, can
á
servir en dichos Bar–
,cos
á
los Vagamundos , .
y
, Del inqüentes
á
quienes se les
,imponga esa pena, cumplien·
,do con proponer los medios
,que hemos discurrido mu
proporcionados ,
y
oportu·
:nos para el referido efecto,
,como por V. S. se nos man–
,da en Decreto de doce .d:l
,corriente, exponemos lo
Sl·
,guiente.
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1.
,Lo prirneró, no
,poder recibir cada :Ba(co mag
.,que dos Forzados ,
y
quan–
do . mucho tres, ya por el
'temor de una
sublevacioo
: quando e-sté la mitad de la
. Tripulacion.dormida , y sur–
~ta
1a Embar.cacion en -algun
,Puerto , con solo la Guardia
de seis
á
ocho hombres; ¡
y
:ya porque no pudiendo es–
,perarse, que por mal conten–
,tos hagan trabajo de prove·
,cho , consumirán mas bas–
,timentos de
los que pue·
,den costearse con su servi–
,cio , lo qual cede en iierjui–
,cio , no solo de los Dueños
,de Jos Bnrcos, sino de to–
,dos los Marineros , por ha·
,cerse el fornecimien to ó prt::·
,vencioo de víveres del cau;ial
,comun, que .rinde la Com-
Mrn
2
,pa-