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I

78

Res.

y

Exp. del

Lib.

II.

de la Rec.

pleytos de Oidor por alguno

folios , expresion de las Sen–

de los de su Sala; y que los de

tencias ,

ó

Autos interlocu to·

Hidalguías se repartan igual-

rios, 6 difinitiVos; y quanto

mente por todas, de modo que

conduzca substancialmente, en

cesen las dil igencias de las

el estado que lleve , á fi n de

Partes para que sus pleytos

que los Señores se imponga¡\

vayan mas

á

una Sala, que

á

para determinar , suficiente-

otra (7).

.

mente

(12).

577

En las Relaciones

579

Los Relatores no

donde hay Testigos, se pone

pueden exercer Abogacía , ni

su nombre , y apellido , su

en

los Consejos , ni en 'las

edad, vecind ario , y si es pa-

Chancillerías,

y

Audiencias

rieate de alguno de los Liti-

( 13). Ni recibir de los Pley–

gantes , 6 concurren en él las

teantes, ni Agentes cosa de

demas generales de la Ley (8).

comer, y bebe!, ni otras , si–

Se hacen comunmeate todas

no es solo sus derechos ( r

4).

por su an tigüedad; pero las Fis-

A los inhábiles en las Audicn–

cales dentro del término que

eias se les puede privar de ofi –

sc-les prefine 9 .

1

Escriba-

cio

por el Señor Presidente,

y

nos, como

el to e

en los Oitlores,

y

á los que

en

lo

Acuerdos de 1-as A:udiencias,

substa ncial de la Re)acion er–

asisten con l_os

le}ctos vistos

raren

se les debe castigar

á

á

la hora acostllmbrada,

y

ca-

arbitrio de los Señores Jue–

da uno en las Salas respectivas

ces

(15).

adonde estan destiaados

( 10).

580

En los Autos públi–

. 578

Sin licencia ao debe

cos de las Audiencias ,

los

un Relator encomendará otro Relatores prefieren á los Es–

las Relaciones que

á

él le to -· cribanos de asienro de las mis-·

can,

y

tiene hechas (

11) .

En mas (

16).

t odas deben exponer el

GHO

581

Los Jueces inferio–

del pley to y tambien si fal ta

res ,

y

Ordin arios deben por

alguna formalidad en el Pro-

sí ve.r los Procesos para deter–

Ct so , como si los poderes son, minarlos

con

acierto , porque

ó

no bastantes ,

y

cstan dados

no tienen Relatores (

17),

estos

por tales: Si la l:{elacion está

en los Tribunales Superiores

coacertada á sati,fa ccion de

quando los lkvan en estado

las Partes,

y

cortcordados.los

de

Pru~ba,

d1:ben hacer

pr~:,

. sen-

• •

J.