LIBRO SEGU
IDO
DE LA FORMACION DEL
UMARIO
EN LOS
JUIC IOS CRIMINALES SOBRE DELITOS.
CA PÍTULO
I.
DE LAS CA USAS DE OFICIO CONTRA REO PR ESENTE Y
AUSENTE.
En los lugares en donde no resida el juez de
1
~
Instancia, procederá
el
de paz
á
iniciar el sumario,
practicando solo las diligencias indispensables; con el
reconocimiento del cuerpo del delito
y
las declara–
ciones del agraviado, acusado
y
testigos
r
remitien–
do inmediatamente todo
lo actuado, junto con la
persona del reo, al juez de
1 ~
Instancia.
(1)
El sumario tiene por objeto descubrir la existen–
cia del delito,
y
la persona del delincuente.
(2)
Luego que el juet de paz tenga conocimiento de
haberse cometido, en territorio de su jurisdicción, un
delito en que
d~ba
acusar el Ministerio fiscal, espe–
dirá el auto cabeza de proceso,
y
comenzará en el
acto á instruir el sumario, tomando la declaración
preventiva, ó la del que hubiere dado el aviso,
y
la
instructiva del presunto reo. En seguida con cita-
(1)
Art.
113 del Código de Enjuiciamientos en materia penal
y
14
§
3.•
de la ley de jueces de paz.
(•) Art.
20
del Código Peoal.