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-48

P-ROVI /I!'C

i

b.rero

de- este año; para Aulas ,

y

viviendas de Jos·Maestros

de primeras Letras, Latinidad,

y

Retórica~,

y

el ·resto de

él;

para Casa de Pupilage ,

·Ó

Pension, de los hijos de los habi•

tantes de· aquel contorno

á

su costa. ·

· :

:

. 2

La Iglesia, Sacristía, y demas Oficinas de· esta, sepa-i

ra-das del Colegio con ·pared divisoria, quedeh con

el

dest~no de Parroquia que a_hora tienen. ··

'· . .,

....·

.3..

Se erigirá un Pá-rroco propio ,

y

d

número qe Benefi.J·

ciados que exija la extincion del Vecindario, para que le

ayuden á la ad ministracion. de la C:Ura de Almas :arreglan–

do este punto, por medio de la ·cálnara, el muy Reverendo

Cardenal Arzobispo. ·;.

-

-- · '"'·

A

Se declara ·debe cesar enteramente,. la ·union

quoad.tem–

poralia

de la

misma-.Iglesia, que se h allaba hecha -á favor del

Colegip,.en contra vencion de lo

di~puesto _ por

el Concilio·

de Tremo, luego que cesen las annuidades que se daá á los· ..

Regulares.

5

Toda la renta que por razon

de

la .union

perdbi~n·

es·

tQs,, se aplica p.tra dotacion del Párroco,

y

Beneficiados,.

como vayan vacando las annuidades,

ó

pensiones.

Y

solo se ·

reservará de ella la parte que sea precisa para la

manuten~ ;

~ion

de los referidos Maestros.

-

O

caña.

1

N

esta Villa-, del territorio de la Orden de

Santiago, .

tenían los· Regulares de la Compañia un Colegio,

y

un

.Sem.in<

trio inmediato; y há resuelto S.-

M ,

á

Consulta ·

del Consejo de

1.

r

de

Mayo

de este año

1

que el Colegio se ·

aplique para habitacione's·de M·aestros de primeras Letras,

Latinidad ,

y

Retórica ·:

y

el Seminario inmediato para Casa

de Pension, ó Pup_ilage, en la forma que la tenian los Regu· ..

lares de

la

Compañia expatriados, con el diétado de

Con·

viCtoria

Real de San Cárlos;

colocándose tambien

Pensionis- ·~

tas en.las vi-viendas sobrantes del Colegio.'

· ··

·

:1

Se establecerá un Direétor de los Estudios,que se deben

poner corrientes á tenor de la Real Pro.vision de

5

de

OCtu–

bre

de

1767,. (6)

tratándose en la Sala primera de Gobierno

· :

del

--~----

.............

~

.(6) ..

C<?lec.

P.

x..

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