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~

ñor Conde Presidente sus avisos

á

los cinco.Seño'res

Prelados, para que en virtud de ellos se transfiriesen

á

la Corte, como lo executaron,

·

IX Habiendo llegado los Señqres Prelados ett

.conforn1idad de dicho llatnatniento, se· publicó de

nuevo con ·su asistencia en

2

9 de

rJJiciembre

del pro–

prio año, la Real 6rden antecedente,

y

se acordó

pa~

sase

á

los Señores Fiscales, para ·que propusiesen, poE

puntos' lo que tubiesen por conveniente.

.

~

X

Hiciéronlo así en

1

3 de

Enero

de

176

8, fun–

dando el Patronato

y

autoridad Real, para disponer:

de las Casas

y

bienes otupados;

y

habiendose visto

en el dia

1

3 este importante asunto, consultó·

el

Con–

sejo en

20

del n1ismo

m~s

su ·diét:átnen, conforn1án-:

dose en todo con lo que proponian los Fiscales;

si<~n­

do

el

Consejo de parecer se hiciese la prévia

declara~:

don de tocar

á

S. M.

y

quedar baxo

del

Patronato -~

y

Proteccion in1mediata del REY los nuevos

·estable~

cimientos ·,

á

que se aplicasen las Casas

y

bienes,. que

fueron , de los Regulares de la Compañia,

exph:lién~

dose

el

Real Decreto,

ú

órdenes convenientes;

debien~

do tnirarse esta declaracion, con1o una condicion

transcendental

a

todos los varios destinos' ·en que se

refundiesen estos bienes, conforn1e

á

la n1ente

indi~

.cada e'n la Praginática-Sancion de

:z.

de

Abril

del añO:

anterior. -

XI

~abiéndose confonn~'do

S.

M.- c~n

el _

paré..o

~er ~d

Consejo por

r<;sóluciori.

·á

la

citada,

Consult~

·

de