~
ñor Conde Presidente sus avisos
á
los cinco.Seño'res
Prelados, para que en virtud de ellos se transfiriesen
á
la Corte, como lo executaron,
·
IX Habiendo llegado los Señqres Prelados ett
.conforn1idad de dicho llatnatniento, se· publicó de
nuevo con ·su asistencia en
2
9 de
rJJiciembre
del pro–
prio año, la Real 6rden antecedente,
y
se acordó
pa~
sase
á
los Señores Fiscales, para ·que propusiesen, poE
puntos' lo que tubiesen por conveniente.
.
~
X
Hiciéronlo así en
1
3 de
Enero
de
176
8, fun–
dando el Patronato
y
autoridad Real, para disponer:
de las Casas
y
bienes otupados;
y
habiendose visto
en el dia
1
3 este importante asunto, consultó·
el
Con–
sejo en
20
del n1ismo
m~s
su ·diét:átnen, conforn1án-:
dose en todo con lo que proponian los Fiscales;
si<~n
do
el
Consejo de parecer se hiciese la prévia
declara~:
don de tocar
á
S. M.
y
quedar baxo
del
Patronato -~
y
Proteccion in1mediata del REY los nuevos
·estable~
cimientos ·,
á
que se aplicasen las Casas
y
bienes,. que
fueron , de los Regulares de la Compañia,
exph:lién~
dose
el
Real Decreto,
ú
órdenes convenientes;
debien~
do tnirarse esta declaracion, con1o una condicion
transcendental
a
todos los varios destinos' ·en que se
refundiesen estos bienes, conforn1e
á
la n1ente
indi~
.cada e'n la Praginática-Sancion de
:z.
de
Abril
del añO:
anterior. -
XI
~abiéndose confonn~'do
S.
M.- c~n
el _
paré..o
~er ~d
Consejo por
r<;sóluciori.
·á
la
citada,
Consult~
·
de