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triarca.s ,
Arzobispos ,
y
Obispos ,
y
á
quales-
quier personas constitúidas en - dignidad ,
y
á
todos ,
y
á cada uno de los Eclesiásticos ,
y
legos,
y
á
los profesores de qualesquiera Or–
denes que sean , que de . ninguna tnanera pre–
suman ,
ni
pretendan por . sí , ni por otra per–
sona
directe
,
ni
indirecte
impediros
á
vo–
sotros , ni
á
ninguno de los vuest_ros, ni de
aquellos que adelante vosotros .,
ó
el Minis–
tro General de la Orden sefialare , so pena
de excomunion
latte sententice
,
y
de maldi–
cion eterna , de la qual no pueda ser
absuel~.
to sino por Nos,
ó
por nuestro consentimien–
to,
ó
por · eld~ .vuestro
Ministro.
Por
lo qua'!, si
alguna
cosa se intentare , aunque sea con pre–
tension de algunas Letras Apostólicas conce–
di;:das· ,
ó
_que adelant.e se
concedier~n
, -a\lJ)que
en
las mismas Letras de
verbo ad verbum
estu–
viesen estas insertas _,
y
particularmente revo–
cadas , todo sea írrito ,
y
de
ningun valor,
de–
clarando
ahora-
para entonces ·
Q_O
·ser· n·ues.tra Ín-
tencion al presente ,
ni en
lo que está
por
ve–
nir .,
poneros algun itnpedimento,
ó
detrimen·
to en las cosas sobredichas, mientras santamen–
te os ocupáredes en ellas,
n.o
obstante
la pro–
hibicion de nuestro predecesor
Bonifacio VIII..