(r:to)
mente hacer ; con
tal condicion ,
que
en
-la
vi-.
da ,
y
doctrina sean suficientes ,
y
vuestra Ce–
sarea Magestad ,
y
su Real Consejo tengan sa-.
tisfaccion que son idoneos para tan gr-ande em–
presa , lo qual cargamos sobre las conciencias
de sus Prelados , que los han de nombrar,
y
dar
licencia ;
y
para que tan . santa obra no
carezca del mérito
de
la obediencia , manda–
mos por santa obediencia
á
todos los que (
co~
rno
dicho es ) fueren non1brados ,
ó
de su vo–
luntad se ofrecieren , que
á
exemplo de los
Discípulos de Christo nuestro Redentor pon..
gan en execucion
la
dicha obra,
·y
camino , te–
niendo por
m
u
y
cierto , que como los imitan
en el trabajo, les acotnpañarán en el premio ;
y
á
los dichos Frayles desde luego de bonísitna
gana les damos nuestra bendicion Apostólica.
Pero porque no sea tanto
el
número de los
Fray les JVIenores,
q~e
cause confusion, que–
retnos que vuestra Cesarea Magestad,
ó
su
Real
Consejo señale ,
y
tase el número de los Fray–
les, que han de ser enviados;
y
estrechamente
mandamos ,
so
pena de excomunion
ipso facto
incurrenda,
que níngun inferior de ninguna ma;;
nera se atreva
á
estorbar
á
los tales Frayles,
que fueren nombrados,
y
tuvieren licencia
de