94
Regla
.ConsfJlet'a.
lrs
CédulH.
La~ Digni~.1d~s
f.
Aªe
tOQHO
p,ose~joo
de
:dilas
l
dr.cerminadM~
comp
se..
ha
ºlqco:aqo,
{1f1
1
dcl{t:n
variJ!J.~s; ,
ni ·
('üudar
Lldos¡
porqLJc
eílo.
rr~l1e
f;<10tu$joq,
y
d~só1¡qcn , ,,·
y
SO·
lo
el
Arzcdi1110 ert
\'acanre. -.d~I -p~.a9, ,
6
,el
m~~ ._ digno, ,
que ·
s~·
.hallart
wes~nt~~~~,ííliend.ó
G·!
Prda~p
:a:I
qoro, , podra
_c0
mar
el. ::as.i.e.o~d imm~diato
a
lc1
~JílO de-rt~~hílj P~'
3()UO
s.íaV;l
de
Presby\erp asiílente,
para
el
.serivkio .
que
~e ~fr.ecie1e.
En
la
.mi.s"rna
'C(HJfc;>rmida<l,
Y.
a.
prop~rcion, . ~e. h~n,
d((,
~~:sesionar
los
· C~a6·6~gos
en
sillas deteriniaad.-.s ·;
y
no
s~
rnuda.1ao
de
un -
IJdo
·a:
orrcr,
sino ,
és en FJso
de,
notable
d~s.Í.gu.aJdad
de
a·mb0s
cotos
1
que
se.
proporcjon.árªn en.
tal casq
a~
arbilrÍo
del
Presideof~,
coniendo lo
mismo resflté'to
rlc;'IQS
lhciQl).é–
ros.
·Et
Pro\
isor
es Oficial dc:I
Obispo.,
y
debe
~er
·tracado,
cómo que ocupa
ei
mismo
Tribunól
(a
).
Y
aunque
por
de- ·
teGho (omun tiene la primeta silla ·
y
lugar, con
antdacion
a
codos los .
Can6nigos,
entrando
l~s
Dignidades (
b
):·
es de
1
coílumbre, aucorizada
yá
por .decisipn de
fa
·Real
A~dien
cia de
Lima
(e),
que·
cenga
~l
p
1
riril'er
logar
despue's
dc:J
Dear1¡
!
a·mes
dd
Arztdi,1nC);
ausente,
6 .
presente
d
~bispo;
pero
fuera
dt: la. Iglesia
cri
attos·políc!cos
1 .
y
don.deno
concur–
re·n- capiculannence
los
Canofligos;
bá.
ele
cener·
sie
~pre
la
pte"· .
frrencia)J
y
primer .lugar
/
' aun
tes(1clfo
del
Dean;
potque
este solo puede presidirlo, c:omo cabeza
dd
-Cabildo. l.a
precedencia~
que se
ha
dedarado al
·Pro
visor"en
el
cor-o,..
es :
para
el
casa de no
~ec
del cuerpo del . Cabildo; que si lo
1
fuere
-
-----------------
(
/1
)
Vease
el
tit.
de Ofjic. Vicarii.
(
b)
Barbosa
de
Jure Etcles.
lib.
·1.
cap.
1).
n. 34. Ventigfla.
t.om.-:
~
annor.
15.
§.
2.
n.
i.
Leuren.
dt Foro bmif.
p.
2 •.
q.
61.
n.
2.
(
e)
Lo refiere
el
Señor
Sol6rzaoo
en su
Polltica lndian.
lil>.
4.
cap.
8.
Real Cédula <le
28.
de Marz:o de
1768 •
.,citando
~Oh
una.
de
u.
l
1
de
Diciembre
de
17i5,
y
otra de
1.
de Agosto de
172~~
expe–
dida al Obi,po de Buenosayres. Cédula sobre lo mismo paca es.
ta
Saota. Iglesia del Cuzco, de
31.
de Diciembre <le 16'5.
_..
-----
·-
·-
...
.
.
-
~