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en masa en defensa de bienes tan caro!l, ¿que objeto tienPn
la
coaccion, ias penas, las amenazas? Estos medios inne–
cesa ríos
y
estraños ¡;aprovechan
ú
perj ud icau? ¿Atrahen
ó
repelen? ¿Inflaman
ó
desalientan? ,;Que ha quedado del
formidable aparato, con que inoportunamente se ostentó
la autoridad, sino disgustos, quejas, rencores, y recelos que
por desgracia alteran hoy la serenidad que sin a.quel rei·
n'aria jen e ndmente?
.LA col'!ducta observada por los funcionarios de este
De!4artamento acredita con evidencia, Sr. Exmo., que ig·
noran
ú
han olvidado que, aunque la autorizacion extra–
ordin ~ll·ia,
es desde lu ego un pod e r sobre las leyes, debe
por lo mismo ser
esclu~ivamente
ejercido en favor de ellas,
.de la nacion,
y
de los
individu~.;
que la componen: que
lejos de ser dada para que sirva de instrumento
a
lfls pa–
siones , e s un nuevo dique levantado contra su impetu
de~truc.:tor:
·que es una garantía mas de la
~eguridad
pu–
_hlica
é
individual re Eerv"da para los tiempos en que las
otras pierd e n s-u vigor
y
fuerza entre las dis r ordi<ts, de-1.
so denes,
y
tenta.tiv <~ s
del crimen: que ella, aun qucuran–
Íllndo las lPyes, debe tender al fin de ellas, haciendo el
bien, evitando el mal,
y
def&ndiendo
y
amparando al ciuda–
dano: que arnenazante so !o para los que se ponen en guer–
ra con la quietud
y
bien estar del Et'tado, debe ser do–
blemente protectora de lo:: otros: que es en resumen, un
medio estraordinario de ·protejer,
contr~a estraordinario~
pe–
ligros, los derechos
y
reposo de los ciudadanos, lejos de
ser un titulo justo parr atacarlos.
.
EN igual ignora·ncia
ú
ohrido se manifiestan de que.
la concesiori de facultarles estraordinarias no es un titulo
de irresponsabilidad, ni el dt:recho de obrur sin cuidado
como se quiera. Tal derecho seri a absurdo, y la socie–
dad que ni lo tiene, ni puede jamas ejercerle sobre sus
miemlwos, no puede crearle, ni transmitirle. Cuanto mayor
es el poder
·~ue
se confia, cuanto menos limites tiene,
cu,,nto mas pe ligroso es su ejerci cio y mas doñoso su abu–
so, cuanto mas dificil convencerle de torcida
ú
criminal
intencion, tanta m:,yor obligacion hay de ejercerle con
fi d elid~d, de~prendimiento
y
prudencia, con
ind e p~nden
cia de toda pasion,
y
con una plena consagracion
a
la