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(16)

en masa en defensa de bienes tan caro!l, ¿que objeto tienPn

la

coaccion, ias penas, las amenazas? Estos medios inne–

cesa ríos

y

estraños ¡;aprovechan

ú

perj ud icau? ¿Atrahen

ó

repelen? ¿Inflaman

ó

desalientan? ,;Que ha quedado del

formidable aparato, con que inoportunamente se ostentó

la autoridad, sino disgustos, quejas, rencores, y recelos que

por desgracia alteran hoy la serenidad que sin a.quel rei·

n'aria jen e ndmente?

.LA col'!ducta observada por los funcionarios de este

De!4artamento acredita con evidencia, Sr. Exmo., que ig·

noran

ú

han olvidado que, aunque la autorizacion extra–

ordin ~ll·ia,

es desde lu ego un pod e r sobre las leyes, debe

por lo mismo ser

esclu~ivamente

ejercido en favor de ellas,

.de la nacion,

y

de los

individu~.;

que la componen: que

lejos de ser dada para que sirva de instrumento

a

lfls pa–

siones , e s un nuevo dique levantado contra su impetu

de~truc.:tor:

·que es una garantía mas de la

~eguridad

pu–

_hlica

é

individual re Eerv"da para los tiempos en que las

otras pierd e n s-u vigor

y

fuerza entre las dis r ordi<ts, de-1.

so denes,

y

tenta.tiv <~ s

del crimen: que ella, aun qucuran–

Íllndo las lPyes, debe tender al fin de ellas, haciendo el

bien, evitando el mal,

y

def&ndiendo

y

amparando al ciuda–

dano: que arnenazante so !o para los que se ponen en guer–

ra con la quietud

y

bien estar del Et'tado, debe ser do–

blemente protectora de lo:: otros: que es en resumen, un

medio estraordinario de ·protejer,

contr~a estraordinario~

pe–

ligros, los derechos

y

reposo de los ciudadanos, lejos de

ser un titulo justo parr atacarlos.

.

EN igual ignora·ncia

ú

ohrido se manifiestan de que.

la concesiori de facultarles estraordinarias no es un titulo

de irresponsabilidad, ni el dt:recho de obrur sin cuidado

como se quiera. Tal derecho seri a absurdo, y la socie–

dad que ni lo tiene, ni puede jamas ejercerle sobre sus

miemlwos, no puede crearle, ni transmitirle. Cuanto mayor

es el poder

·~ue

se confia, cuanto menos limites tiene,

cu,,nto mas pe ligroso es su ejerci cio y mas doñoso su abu–

so, cuanto mas dificil convencerle de torcida

ú

criminal

intencion, tanta m:,yor obligacion hay de ejercerle con

fi d elid~d, de~prendimiento

y

prudencia, con

ind e p~nden­

cia de toda pasion,

y

con una plena consagracion

a

la