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~

2

8

Infali!Jilidad

de.la

verdadera!¡,lefid.

tro Cóntrario , Gempre irre-

condenaba

a

la otra

~é her~

guiar,

y

extravagante , .rroce-:-

gla

en el dogma ;

y

l~s

C?r–

de en fus aífercíones ,

y

vie-

denes de aquellas Provincia¡

ne

a

condenar toda la anti-

no dexaron

a

los

Cananeos en

guedad mas pura, la que fiem-

medto de

los Ifraelltas

,

psrA

pre

fo

manifcfto fumamente

que aquellos jirvieffen de prut–

zelofu en guardar '

y

confer-

ha

a

ijlos

;

y

defpues de

va~

var

la

Gnceridad de la

~e

,

Y,

.

ríos regyros , todos . yanos,.

en feparar de fu comumon

a

convocaron fu Conc1liabulo

los que fe la oponían. Tam-

en

Dordrec

el

año

1618.

en

bien viene

a

contradecir ,

y .

el

que con la vi'va voz exa–

a

impugnar lo que obraron minaron las razones , citaroR

fus miíinos Reformadores. No

a

los Arminianos ,

y

como

hablo de Lutero , quien , co-

pertinaces los condenaron;

ptr.

mo

ya

hemos dicho , no que-

fieron ·Entredicho de todo mi–

ria tener comercio con los

/

nifterio EcleGaftico ,

y

los

pr~

Zuinglianos ,

a

los que tenia

varon

de fus Oficios &c.

Efia¡

por Hereges ) hab1

s'

~C\Cal-

lon las palabras

del

Concilia-·

vino. Si el Ser et

fue

ere-

bulo:

Synodw

invocato Sané/Q

ge ,

·y

los Hereges

fi

debep

Pei

nomine

,

fui:e aulloritatis

tolerar ; por

olic1to

al- .

tx

verbo Dei probe confaiii

(ves

vino que

el

Magi

rado de Gi-

aqui los Synodos de los Cal–

nevra condenaífe al Serveto?

viniftas , ciertos de

fu

autori–

Debiera

haberle dexado en pre-

dad en virtud de la palabra

fa

a

la ceguedad de fu enten-

de Dios)

omnium legitimarum,:

4imiento

,

que

.

entretanto

no

tum veterum

,

tum rerentio–

babrla

,

como dice el Piceni-

rum vejligiis

injiJ!ens

C

aqui.

no ,

vienofpreciado Dios

a

fus

confieífan la autoridati de los

Iileélos

,

a

los que

ha

confiado

Concilios eq decidir )

illujf

rif–

fu ptilabra unida con la direc-

jimorum

DD.

Ordinum gené–

cion tle fu E/piritu

,

eJ que

ralium auiloritate munitii, de..

los hubiera guiaáo infaliblemm·

claral

,

atque

judicat

(yes

aqui

te

a

la

[alud.

un Tribunal que habla ade-

77 Dividida

la

Olanda en

mas de la Efcritura '

y

Ull'

dos facciones de Armihianos,

Juez feguro )

Paflores

i/111.,

ó

Remoftrantes ,

y

de

qoma.

gui partium

in

Ecclejia dullo–

rifras,

oContra-Remoftrantes,

res,

&

errorum Doilores fe fe:

cada una

q~ !~~

do¡

Nacioq~ pr~huc

unt

1.

corru¡t~ religi~

ms~