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E:L-,HoMBR'E
.conseguido,
y
debiendo
conse~lit
en
todos tienlpos
los que
lo son
de .cósas utiles, extraordinario,.
y
venerable aprecio. ,Y por
10
que
lni.
ra
á
aquellos, que ni creen con
lél
j~norancia
vuJgar, ni tienen.
á
su
~arg<?
el
~xanlen
de las cosas,
qu~
debe~1
Ú
no ser adnlitidas,
y
creí–
.das; será regla de prudencia
la
!nis~
l"la
suspension referida de
jui~io,. ,
y
~jflanlen
,. lnanteniendose
en n9
cr~ef. , d~
ninguna lnanera las opinio;
nes,
hablillas, ni
~un
las afinnacio;
p;es"
y
.el
yo
lo ví de ,
los
vl:llgares~
P~r:o
110
opqniendose
de
ningun
1119do
á
ellas, sinq ,dexando
-á
cada
uno
en su opinion,
y
prot;luncian~
do, quando 111as,
el
puede ,
se~
, .
Ó
será "
pues
que
V .
.111d.
lO'
yió;
SUS;
pender
el
juicio,
y
diéta111e.n
~nte-
1·a.111ente en toao aquello; que ., no,
se
conoz~a s~r .
<;opfor111e
á .la.
n~tu~
raleza
~ ' la~ ,~osa~s : , .:y
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